Decreto núm. 95 EXENTO, publicado el 29 de Julio de 2021. MODIFICA DOTACIÓN MÁXIMA DE PERSONAL FIJADA EN LA LEY DE PRESUPUESTOS 2021 PARA LOS SERVICIOS QUE INDICA, DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 873475745

Decreto núm. 95 EXENTO, publicado el 29 de Julio de 2021. MODIFICA DOTACIÓN MÁXIMA DE PERSONAL FIJADA EN LA LEY DE PRESUPUESTOS 2021 PARA LOS SERVICIOS QUE INDICA, DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DOTACIÓN MÁXIMA DE PERSONAL FIJADA EN LA LEY DE PRESUPUESTOS 2021 PARA LOS SERVICIOS QUE INDICA, DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN

Núm. 95 exento.- Santiago, 6 de julio de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; en la Ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021; en el decreto ley Nº 1.263, de 1975, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado; y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, fecha 16 de marzo de 2021 y tras la reunión del Consejo de Política Antártica, el Presidente de la República anunció la creación del Observatorio de Cambio Climático (OCC), que "permitirá observar, medir, sentir la evolución de la amenaza del cambio climático desde Visviri, en el extremo norte, hasta la base Glaciar Unión en la Antártica Chilena" y que será liderado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, el Instituto Chile Antártico -INACH- y el Ministerio de Relaciones Internacionales.

  2. Que, el Observatorio de Cambio Climático se constituirá como una plataforma de disponibilización de datos de Cambio Climático, bajo estándares de interoperabilidad, que aprovechará la información que hoy se encuentra dispersa en diversas instituciones, la incrementará y la convertirá en conjuntos de datos abiertos de valor global.

  3. Que, por las anteriores razones se hace necesario contratar un total de 2 personas, por un periodo de 6 meses del año 2021, en la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.

  4. Que, la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), cuenta con cupos disponibles en su dotación susceptibles de ser reasignados, temporalmente, con el objetivo de cubrir la necesidad de cupos de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.

  5. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley Nº 21.289, podrá aumentarse la dotación máxima de personal u horas semanales de alguno o algunos servicios públicos con...

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