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Decreto núm. 9, publicado el 21 de Enero de 2019. CREA PARQUE MARINO ISLAS DIEGO RAMÍREZ Y PASO DRAKE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

CREA PARQUE MARINO ISLAS DIEGO RAMÍREZ Y PASO DRAKE

Núm. 9.- Santiago, 2 de febrero de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 8 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 34, 36, 70 letra b), 71 letra c) y 73 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el artículo 3 letra d) de la Ley Nº 18.892 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto supremo Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y sus modificaciones; en el decreto supremo Nº 238 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que establece el Reglamento sobre Parques Marinos y Reservas Marinas de la Ley General de Pesca y Acuicultura; en la Ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 1.963 del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga como ley de la República el Convenio sobre Diversidad Biológica; en el decreto supremo Nº 1.393 de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar; en el informe técnico Nº 220/2017 elaborado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de noviembre de 2017; en el oficio Nº 2602 de 30 de noviembre de 2017, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura al Comité Científico Técnico Recursos Altamente Migratorios, Condrictios, Áreas Protegidas y Biodiversidad; en el oficio Nº 155 de 2 de febrero de 2018 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura al Consejo Zonal de Pesca de la XII Región de Magallanes y la Antártica Chilena; en el Acuerdo Nº 4/2018 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 22 de enero de 2018; en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.

  2. Que son Parques Marinos las áreas protegidas destinadas a preservar unidades ecológicas de interés para la ciencia y cautelar áreas que aseguren la mantención y diversidad de especies hidrobiológicas, como también aquellas asociadas a su hábitat.

  3. Que el Parque Marino Diego Ramírez y Paso Drake se ubica en el archipiélago...

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