Decreto núm. 87, publicado el 12 de Enero de 2022. RECTIFICA DECRETO SUPREMO Nº 51, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE DECRETA MEDIDAS PREVENTIVAS QUE INDICA DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 163º DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Decreto |
RECTIFICA DECRETO SUPREMO Nº 51, DE 2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE DECRETA MEDIDAS PREVENTIVAS QUE INDICA DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 163º DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS
Núm. 87.- Santiago, 24 de diciembre de 2021.
Vistos:
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Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República;
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Lo dispuesto en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía;
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Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "Ley" o "LGSE";
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Lo dispuesto en la ley Nº 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en adelante indistintamente, la "Superintendencia";
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Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que fija reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores, en adelante e indistintamente el "Reglamento";
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Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 88, de 2019, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento para medios de generación de pequeña escala, en adelante el "DS Nº 88";
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Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 125, de 2017, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento de la coordinación y operación del Sistema Eléctrico Nacional, en adelante el "DS Nº 125";
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Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 37, de 2019, del Ministerio de Energía, que aprueba el reglamento de los sistemas de transmisión y de la planificación de la transmisión;
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Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 113, de 2017, del Ministerio de Energía, que aprueba Reglamento de los Servicios Complementarios a los que se refiere el artículo 72º-7 de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante el "DS Nº 113";
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Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 51, de 2021, del Ministerio de Energía, que decreta medidas preventivas que indica de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 163º de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante e indistintamente "Decreto Supremo Nº 51";
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Lo informado por la Comisión Nacional de Energía, en el oficio CNE Of. Ord. Nº 909/2021, de 23 de diciembre de 2021;
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Lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;
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Lo establecido en la resolución Nº 7, de...
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