Decreto núm. 8, publicado el 29 de Marzo de 2017. TRANSFIERE A LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO, FONDOS QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 672453273

Decreto núm. 8, publicado el 29 de Marzo de 2017. TRANSFIERE A LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO, FONDOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

TRANSFIERE A LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO, FONDOS QUE INDICA

Núm. 8.- Santiago, 7 de febrero de 2017.

Visto:

El DL N° 1.263, de 1975, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado; el DFL N° 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el DS N° 19, de 2001, artículo 1°, N° 28 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley N° 20.981, que fija el Presupuesto del Sector Público para el año 2017; la resolución N° 30, de 2015, y la resolución N° 1.600, de 2008, ambas de la Contraloría General de la República y la carta GAF N° 307, de fecha 21 de diciembre de 2016, de la Gerencia de Adminstración y Finanzas de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y el oficio DAF N° 8.701, de 2016, de la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría de Transportes.

Considerando:

  1. - Que esta Secretaría de Estado tiene la responsabilidad de transferir, a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, recursos para el "Aporte de Mantención Infraestructura", recursos que se encuentran contemplados en el presupuesto de la Secretaría y Administración General de Transportes, Capítulo 01, Programa 02 "Empresa de los Ferrocarriles del Estado", Subtítulo 33, Ítem 03 - 067 Aporte Mantención Infraestructura. Para financiar los gastos que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado no pueda solventar con sus propios ingresos. Dichos gastos, están originados principalmente en los contratos de mantención de la infraestructura y del material rodante, incluyendo vías férreas, puentes, sistemas y los seguros de infraestructura ferroviaria.

  2. - Que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, mediante la carta de la Gerente de Administración y Finanzas, citada en los visto, copia de la cual se incluye entre los antecedentes a este decreto, ha solicitado $21.339.041.000 (veintiún mil, trescientos treinta y nueve millones, cuarenta y un mil pesos) recursos destinados a solventar los gastos originados por las obligaciones indicadas en el considerando anterior.

  3. - Que habiéndose informado la programación anual de los recursos financieros para el año 2017 a la Dirección de Presupuestos, a través del oficio DAF N° 8.701, de 2016, copia del cual se incluye entre los antecedentes a este decreto.

  4. - Que los fondos que se transfieren mediante este decreto, de conformidad a lo señalado en los números anteriores, deberán ser destinados, bajo la responsabilidad de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, exclusivamente a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR