Decreto núm. 72, publicado el 04 de Agosto de 2015. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 70 DE 2008, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, QUE CREA COMISIÓN ASESORA EN MATERIAS MARÍTIMAS Y PORTUARIAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 70 DE 2008, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, QUE CREA COMISIÓN ASESORA EN MATERIAS MARÍTIMAS Y PORTUARIAS
Núm. 72.- Santiago, 27 de enero de 2015.
Visto:
La Constitución Política de la República; la ley Nº18.575; el decreto supremo Nº 19, 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; los decretos leyes Nº 2.222 de 1978, del Ministerio de Defensa Nacional, Nº 3.059 de 1979 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Nº 557, de 1974 del Ministerio del Interior; los decretos con fuerza de ley Nº 343 y Nº 279, de 1953 y de 1960, respectivamente, ambos del Ministerio de Economía; lo dispuesto en las leyes Nº 18.059 y Nº 19.542; decreto con fuerza de ley Nº 7.912 de 1927; decreto con fuerza de ley Nº 340 de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; decreto supremo Nº 2 de 2005 y su modificación del decreto supremo Nº 213 de 2006, todos del Ministerio de Defensa Nacional; el decreto con fuerza de ley Nº 88, de 1953, del Ministerio de Hacienda; el decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas; el decreto con fuerza de ley Nº 25, de 1959, del Ministerio de Hacienda, que crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; eI decreto supremo Nº 70 de 2008, del Ministerio de Transportes, y Telecomunicaciones, que crea Comisión Asesora en Materias Marítimas y Portuarias; y las demás normas aplicables.
Considerando:
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Que mediante el decreto supremo Nº 70, de 2008, se crea la Comisión Asesora en Materias Marítimas y Portuarias.
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Que el artículo tercero del decreto Nº 70, señala: "La Comisión Asesora estará formada por:
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Un representante del Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, quien la presidirá.
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Un representante de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.
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Un representante del Ministerio de Hacienda.
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Un representante del Ministerio de Obras Públicas.
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Un representante del Ministerio de Economía.
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Un representante del Comité Sistema de Empresas (SEP) de la Corporación de Fomento de la Producción.
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Un representante del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina."
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Que el artículo en cuestión, no consideró otras entidades públicas que actualmente participan de la política portuaria; entidades necesarias para el cumplimiento del objeto de la Comisión Asesora.
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Que en consideración a lo anterior, se hace necesaria la incorporación de...
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