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Decreto núm. 693, publicado el 22 de Junio de 2023. RATIFICA ACUERDO Y APRUEBA ORDENANZA SOBRE ARSENAL FARMACOLÓGICO E INSUMOS CLÍNICOS FARMACIA MUNICIPAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CHIGUAYANTE
Rango de LeyDecreto

RATIFICA ACUERDO Y APRUEBA ORDENANZA SOBRE ARSENAL FARMACOLÓGICO E INSUMOS CLÍNICOS FARMACIA MUNICIPAL

Núm. 693.- Chiguayante, 20 de abril de 2023.

Vistos:

Estos antecedentes, las necesidades del servicio, Ley 19.378 de 1995, estatuto de atención primaria de Salud Municipal; Acuerdo Municipal Nº 29-10-2023, de fecha 5 de abril de 2023, y las atribuciones que me conceden los artículos 12, 56 y 63 del DFL Nº 1 de fecha 26 de julio de 2006 que fija texto refundido de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Considerando:

Las necesidades del servicio y lo instruido por el Director de la Dirección de Control Municipal en conformidad a lo establecido en la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades en su artículo 65 letra L. Este decreto viene en dar cumplimiento a la referida norma.

Decreto:

  1. -) Ratifíquese Acuerdo Municipal de fecha 5 de abril de 2023, Nº 29-10-2023, que aprueba la Ordenanza Municipal sobre Arsenal Farmacológico e Insumos Clínicos Farmacia Municipal.

  2. -) Apruébese la Ordenanza Municipal sobre Arsenal Farmacológico e Insumos Clínicos Farmacia Municipal.

  3. -) Déjese constancia que el acuerdo ratificado en el número anterior fue adoptado con el voto unánime y favorable del Presidente del Concejo, Alcalde Sr. José Antonio Rivas Villalobos, y los concejales presentes, Sra. Ximena Bravo Urrea, Sr. Carlos Benedetti Reimann; Srta. Mayerlin Suárez Silva; Sr. Luis Ríos Melillán; Sr. Carlos Hidalgo Figueroa.

Anótese, publíquese, comuníquese a quienes corresponda y, en su oportunidad, archívese.- José Antonio Rivas Villalobos, Alcalde.- Rodrigo Díaz Aguilera, Secretario Municipal (S).

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE ARSENAL FARMACOLÓGICO E INSUMOS CLÍNICOS FARMACIA MUNICIPAL

Artículo 1 Sobre la aplicación de la presente ordenanza

La presente ordenanza regula el funcionamiento y fijación de precios asociados al cobro por ventas de arsenal farmacológico e insumos clínicos farmacia municipal.

Artículo 2 Sobre el funcionamiento

La referida farmacia deberá contar con un programa municipal, actualizado año a año, en el cual se fijarán las líneas estratégicas de funcionamiento. Asimismo, el Director Técnico de la Farmacia deberá establecer el manual de procedimiento de cada uno de los flujos de procesos de la...

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