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Decreto núm. 60 EXENTO, publicado el 16 de Abril de 2021. AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE SEÑALA, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE SEÑALA, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA

Núm. 60 exento.- Santiago, 2 de febrero de 2021.

Considerando:

Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del decreto ley N° 799, de 1974, del Ministerio del Interior, se encuentra prohibida la circulación de los vehículos que dicha norma indica, los días sábados en la tarde, domingos y festivos.

Que, la misma norma establece que, dicha prohibición no se aplicará respecto de aquellos vehículos que corresponden a reparticiones que, por la naturaleza de las funciones que desempeñan, deben mantenerlos en circulación durante esos días. Agrega el precepto que, la autorización respectiva, deberá darse mediante decreto supremo fundado del Ministerio que corresponda a la entidad y organismo al cual estén asignados dichos vehículos, el que deberá ser firmado, además, por el Ministro del Interior.

Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° del decreto previamente citado: "exigirán que todo vehículo de propiedad de los organismos o entidades señaladas en el inciso primero del artículo 1° del presente decreto ley, cualesquiera que fuere su estatuto legal, lleve pintado en colores azul y blanco, en ambos costados, en la parte exterior, un disco de 30 centímetros de diámetro, insertándose en su interior, en la parte superior, el nombre del servicio público a que pertenece; en la parte inferior, en forma destacada la palabra "Estatal" y en el centro un escudo de color azul fuerte".

Que, el inciso 3° del artículo aludido en el párrafo anterior, establece que dicha exigencia no se aplicará respecto de aquellos vehículos expresamente exceptuados mediante decreto supremo fundado del Ministerio que corresponda a la entidad u organismo al cual estén asignados dichos vehículos, el que deberá ser firmado, además, por el Ministro del Interior.

Que, conforme lo señalado, la Universidad de La Frontera, mediante oficio N° 001, de 2 de enero de 2020, ha solicitado a esta Secretaría de Estado la autorización para la circulación del vehículo placa patente KCTC-46-1, los días sábados en la tarde, domingos y festivos, sin el disco distintivo, debido a la función de la Dirección, la complejidad del rol de la misma y las dificultades propias de la Región de la Araucanía.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado...

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