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Decreto núm. 6, publicado el 01 de Febrero de 2014. DECRETA ALERTA SANITARIA Y OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DECRETA ALERTA SANITARIA Y OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA

Núm. 6.- Santiago, 30 de enero de 2014.- Visto: Estos antecedentes; lo establecido en los artículos 8, 10, 36, 67, 89 y 155, del Código Sanitario; en los artículos , , , 10º, 12º del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en los artículos 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 19º del decreto Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud; en el artículo 10 de la ley Nº 10.336; lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; lo informado por la Subsecretaria de Salud Pública y las facultades que me concede el artículo 32 y 35 de la Constitución Política de la República, y

Considerando:

- Que el Ministerio de Salud debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de la población. En el ejercicio de esta función deberá estudiar, analizar y mantener actualizada la información sobre la materia, sus determinantes y tendencias; mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.

- Que además, en casos de amenaza de alguna epidemia o de aumento notable de alguna enfermedad o de emergencias que impliquen grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes, podrá adoptar medidas, disponer alertas y declarar emergencias sanitarias para su enfrentamiento, de acuerdo con las normas del Código Sanitario.

- Que como consecuencia de lo anterior, el Ministro de Salud -por orden del Presidente de la República- declaró Alerta Sanitaria en las Regiones de Valparaíso, Metropolitana, Maule y Araucanía, a través del decreto Nº 3 del Ministerio de Salud del 9 de enero de 2014, publicado en el Diario Oficial el día 11 de enero de 2014.

- Que sin perjuicio de lo anterior, se ha detectado un aumento en el florecimiento de coligüe (Chusquea culeou), en la región de Biobío, lo que conlleva a un crecimiento considerable de la población de roedores silvestres en dicha región.

- Que sumado a lo anterior, en el periodo 2013 - 2014, según cifras de CONAF, se han producido 634 incendios forestales en la Región del Biobío, lo que ha afectado a 12.125,43 hectáreas, cifra que representa un aumento del 729% respecto al periodo anterior.

- Que los incendios forestales ya descritos hacen migrar a las poblaciones de roedores hacía asentamientos habitados por el hombre.

- Que, este aumento significativo de la población de roedores silvestres, sumado a la migración de los mismos a lugares habitados por las personas producto de los incendios, representa un incremento del riesgo de exposición humana al reservorio natural de Hantavirus (Oligoryzomis longicaudatus), con un eventual aumento de la incidencia de casos de enfermedad por dicho agente, condición que en una proporción significativa evoluciona muy gravemente incluso con resultado de muerte.

- Que como consecuencia de lo anterior, de septiembre 2013 a la fecha, se han producido 3 casos de Hantavirus en la Región del Biobío, todos con...

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