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Decreto núm. 6, publicado el 07 de Agosto de 2021. DESIGNA REPRESENTANTES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ANTE EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN A PERSONAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

DESIGNA REPRESENTANTES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ANTE EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN A PERSONAS QUE INDICA

Núm. 6.- Santiago, 18 de enero de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en la ley Nº 21.094, sobre Universidades Estatales; en el decreto con fuerza de ley Nº 7, de 2016, del Ministerio de Educación, que Fija los Estatutos de la Universidad de Aysén; en los decretos supremos Nos 284 y 348 de 2017, del Ministerio de Educación, mediante los cuales se designó como representantes de la Presidenta de la República ante el Consejo Superior de la Universidad de Aysén, a doña Margarita María d'Etigny Lira y a doña Sol Anunziata Serrano Pérez, respectivamente; en el decreto Nº 291 de 2019, que aceptó la renuncia voluntaria presentada por doña Sol Anunziata Serrano Pérez como representante del Presidente de la República ante el Consejo Superior de la Universidad de Aysén, del Ministerio de Educación; en las cartas de fechas 4 de enero de 2021 del señor Presidente de la República; en las cartas de fechas 7 de enero de 2021 de doña María Alejandra Voigt Prado y de don Enrique José Luis Garín López, en las que aceptan la invitación del Presidente de la República como representantes ante el Consejo Superior de la Universidad de Aysén; y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que indica, y

Considerando:

Que, el artículo 1º de la ley Nº 18.956, dispone que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.

Que, de conformidad al artículo 22 letra a) del decreto con fuerza de ley Nº 7, de 2016, del Ministerio de Educación, que fija los estatutos de...

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