Decreto núm. 59, publicado el 21 de Marzo de 2016. MODIFICA DECRETOS SUPREMOS Nº 1 Y Nº 49, DE 2011; Nº 52, DE 2013, TODOS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO, EN EL SENTIDO DE INCORPORAR FACTOR DE PUNTAJE DE SELECCIÓN EN LA FORMA QUE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETOS SUPREMOS Nº 1 Y Nº 49, DE 2011; Nº 52, DE 2013, TODOS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO, EN EL SENTIDO DE INCORPORAR FACTOR DE PUNTAJE DE SELECCIÓN EN LA FORMA QUE SEÑALA
Santiago, 24 de noviembre de 2015.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 59.
Visto:
El DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que aprueba reglamento del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional; el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, cuyo texto fue reemplazado por el Artículo Primero del DS Nº 105 (V. y U.), de 2014, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda; el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, que aprueba reglamento del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda; el DL Nº 1.305, de 1975; la ley Nº 16.391; las facultades que me confiere el número 6º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile; la resolución Nº 1.600 de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que los funcionarios de Gendarmería de Chile realizan labores que consideran frecuentemente, por razones de servicio, la destinación o traslado a ciudades, localidades o regiones distintas a las de su origen.
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Las especiales condiciones laborales de dichos funcionarios en régimen al interior de los recintos que administran.
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Que la institución no cuenta con inmuebles para brindarles condiciones adecuadas para su residencia.
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La necesidad de incluir entre los factores de puntaje de selección de los programas habitacionales Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, Fondo Solidario de Elección de Vivienda y Subsidio de Arriendo de Vivienda, que permitan a los funcionarios acceder a soluciones habitacionales a través de los programas señalados, cumpliendo con los requisitos en ellos dispuestos.
Decreto:
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Agrégase al inciso primero del Artículo 16 la siguiente letra p):
"p) Tratándose de postulantes o su cónyuge o conviviente civil que sean funcionarios de las Plantas de Suboficiales y Gendarmes, o de Profesionales, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares, de Gendarmería de Chile, para optar al puntaje establecido en el literal a) de los Artículos 65 y 68 de este reglamento...
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