Decreto núm. 544, publicado el 03 de Octubre de 2023. AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, EN DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS, Y EXCLUYE DE LA OBLIGACIÓN DE USO DEL DISCO FISCAL EN LOS VEHÍCULOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, EN DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS, Y EXCLUYE DE LA OBLIGACIÓN DE USO DEL DISCO FISCAL EN LOS VEHÍCULOS QUE INDICA
Núm. 544.- Santiago, 9 de agosto de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 1° del decreto ley N° 799, del Ministerio del Interior, de 1974 y sus modificaciones.
El decreto fuerza de ley N° 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840 de 1964, y del decreto con fuerza de ley N° 2.016, de 1960.
El dictamen N° 35.593 de Contraloría General de la República, de 8 de noviembre de 1995, sobre uso y circulación de vehículos fiscales.
La resolución N° 7 de la Contraloría General de la República, de 26 de marzo de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
El decreto supremo N° 19, de 22 de enero de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones.
La Ley N° 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
La resolución exenta SISS N° 2.487, de 26 de agosto de 2022, que adjudica licitación pública denominada "adquisición de vehículos para oficinas regionales".
Las necesidades del servicio.
Considerando:
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- Que, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), en virtud de su Ley Orgánica N° 18.902, de 1990, cuenta con facultades de fiscalización de los servicios sanitarios urbanos, a lo que suman las recientes labores de fiscalización de los servicios sanitarios rurales encomendadas en virtud de ley 20.998, por lo que la SISS es por esencia un organismo fiscalizador y en tal carácter debe cumplir funciones inspectivas, supervisoras y fiscalizadoras que son de su competencia.
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- Que, la SISS cuenta con oficinas en todas las regiones del país para atender a los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado y a los establecimientos industriales que generan riles.
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- Que, el decreto ley N° 799, de 1974, establece disposiciones que regulan el uso y circulación de vehículos fiscales, y en su artículo 1° exige la autorización mediante decreto supremo fundado del Ministerio que corresponda a la entidad y organismo al cual están asignados dichos vehículos, firmado, además, por el Ministerio del Interior, para la referida circulación de esos vehículos en días sábado en la tarde, domingo y festivos.
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- Que, asimismo, en su artículo 3° el decreto ley...
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