Decreto núm. 54, publicado el 25 de Septiembre de 2019. DESIGNA DIRECTOR DEL FONDO DE INFRAESTRUCTURA S.A., A PERSONA QUE INDICA, DE ACUERDO A LA LETRA B) DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N° 21.082 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 812957753

Decreto núm. 54, publicado el 25 de Septiembre de 2019. DESIGNA DIRECTOR DEL FONDO DE INFRAESTRUCTURA S.A., A PERSONA QUE INDICA, DE ACUERDO A LA LETRA B) DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N° 21.082

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

DESIGNA DIRECTOR DEL FONDO DE INFRAESTRUCTURA S.A., A PERSONA QUE INDICA, DE ACUERDO A LA LETRA B) DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N° 21.082

Núm. 54.- Santiago, 28 de mayo de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile.

El decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

El decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840, de 1964 y decreto con fuerza de ley N° 206, de 1960.

La ley N° 21.082 que crea la Sociedad Anónima del Estado denominada "Fondo de Infraestructura S.A.".

La ley N° 18.045, sobre de Mercado de Valores.

La ley N° 18.046, sobre Sociedad Anónimas.

La ley N° 19.880, sobre los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

La resolución N° 6, de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas de exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican.

Considerando:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de ley N° 21.082, se autorizó al Estado para desarrollar actividades empresariales de financiamiento e inversión referidas a proyectos de infraestructura, así como el desarrollo, a través de terceros no relacionados, de los servicios anexos a los mismos, incluyendo su construcción, ampliación, reparación, conservación y explotación, en conformidad y con estricta sujeción a lo dispuesto en la referida ley.

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de la ley N° 21.082, la referida autorización permitió que el Fisco y la Corporación de Fomento de la Producción, constituyeran una sociedad anónima a la que se le denominó "Fondo de Infraestructura S.A.".

Que, por escritura pública, de fecha 24 de septiembre de 2018, otorgada ante don Iván Torrealba Acevedo, Notario Titular de la 33ª Notaría de Santiago, fue constituida la sociedad "Fondo de Infraestructura S.A.", inscrita a fojas 75510, número 38768, del año 2018 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago.

Que, de acuerdo al artículo décimo quinto de los Estatutos Sociales del "Fondo de Infraestructura S.A.", y en conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la ley N°...

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