Decreto núm. 51 EXENTO, publicado el 14 de Noviembre de 2019. AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES, DE VEHÍCULOS DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO, Y DEJA SIN EFECTO DECRETOS QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 826198637

Decreto núm. 51 EXENTO, publicado el 14 de Noviembre de 2019. AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES, DE VEHÍCULOS DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO, Y DEJA SIN EFECTO DECRETOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES, DE VEHÍCULOS DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO, Y DEJA SIN EFECTO DECRETOS QUE INDICA

Núm. 51 exento.- Santiago, 16 de abril de 2019.

Vistos:

El DFL Nº 294 de 1960, del Ministerio de Hacienda, que establece funciones y estructura del Ministerio de Agricultura; el decreto ley Nº 799, de 1974, que regula el uso y circulación de vehículos estatales; la ley Nº 18.755; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el oficio circular Nº 26, de 2003, de los Ministerios de Hacienda e Interior; los decretos exentos N os 14 y 118, ambos de 2016, y del Ministerio de Agricultura; los oficios ordinarios N os 4017/2018 y 1481/2019, ambos del Servicio Agrícola y Ganadero; el oficio circular Nº 3, de 2019, del Director Regional de Arica y Parinacota del Servicio Agrícola y Ganadero, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y demás antecedentes adjuntos.

Considerando:

  1. Que los vehículos de la Dirección Regional de Arica y Parinacota del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) son usados para actuar en la fiscalización de los proyectos y en procesos de emergencias zoo y fitosanitarias.

  2. Que dichos vehículos deben cumplir, entre otras, las siguientes actividades:

    1. Traslados de funcionarios a sitios de inspección de productos agropecuarios de importación y exportación (Transferencias).

    2. Supervisión de Controles Fitosanitarios internacionales y Barreras fitosanitarias nacionales.

    3. Traslados de funcionarios a Controles Fitosanitarios Internacionales.

    4. Traslados de funcionarios al Centro de Producción de Insectos Estériles (CPIE), ubicado en el Km 15 Valle de Lluta.

    5. Traslados de perros de la Brigada Canina del SAG Región de Arica y Parinacota, a los Controles Fronterizos existentes en la Región.

    6. Supervisión y ejecución de labores de vigilancia en caso de emergencias de la Campaña de la Mosca de la Fruta.

    7. Procesos de liberación de insectos estériles en la Provincia de Arica (Ciudad de Arica y Valle de Azapa).

    8. Supervisión a Oficinas Sectoriales de la Región de Arica y Parinacota.

  3. Que, para poder efectuar las actividades señaladas en el considerando precedente, es necesario que los vehículos asignados a la Dirección Regional de Arica y Parinacota del SAG, puedan circular sin restricción a sujeción horaria y en días sábados, domingos y festivos.

  4. Que, el Director Regional de Arica y Parinacota del...

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