Decreto núm. 50, publicado el 06 de Octubre de 2021. MODIFICA DECRETO N° 40, DE 2021, QUE MODIFICÓ EL DECRETO N° 28, DE 2011, QUE ESTABLECE COMPONENTES, LÍNEAS DE ACCIÓN, PROCEDIMIENTOS, MODALIDADES Y MECANISMOS DE CONTROL DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN EL PUESTO DE TRABAJO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO N° 40, DE 2021, QUE MODIFICÓ EL DECRETO N° 28, DE 2011, QUE ESTABLECE COMPONENTES, LÍNEAS DE ACCIÓN, PROCEDIMIENTOS, MODALIDADES Y MECANISMOS DE CONTROL DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN EL PUESTO DE TRABAJO
Núm. 50.- Santiago, 24 de septiembre de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; las glosas 7, 11 y 14 asociadas a la partida 15-05-01-24-01-090, de la ley N° 21.289 Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2021, sin perjuicio de lo que dispongan las normas presupuestarias en los ejercicios futuros y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, el 5 de febrero de 2020, se dictó el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decretó alerta sanitaria en todo el territorio de la República por el período de un año y otorgó las facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional, por brote del nuevo coronavirus. El señalado decreto N° 4 y sus modificaciones entregaron facultades extraordinarias al Ministerio de Salud y a los organismos descentralizados que de él dependen;
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Que, con fecha 18 de marzo de 2020, se declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, a través del decreto supremo N° 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo de 90 días, periodo que ha sido prorrogado sucesivamente por un plazo adicional de 90 días, cada vez, mediante los decretos supremos N° 269, de fecha 12 de junio de 2020; N° 400, de fecha 10 de septiembre de 2020; N° 646, de fecha 9 de diciembre de 2020; N° 72, de fecha 11 de marzo de 2021, y N° 153, de fecha 25 de junio de 2021, todos del mismo Ministerio;
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Que, con fecha 20 de marzo de 2020, se dictó el decreto supremo N° 107, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, declarándose zonas afectadas por catástrofe, y por un plazo de doce meses, las 346 comunas correspondientes a las 16 regiones del país;
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Que, mediante decreto supremo N° 76, de 16 de marzo de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se extendió la vigencia del citado decreto supremo N° 107, por un plazo de seis meses, contados desde el vencimiento del plazo de doce meses indicado...
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