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Decreto núm. 48 EXENTO, publicado el 12 de Junio de 2018. DETERMINA ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto

DETERMINA ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL

Santiago, 1 de junio de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 48 exento.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Título II de la Ley N° 18.989, del Fondo de Solidaridad e Inversión Social; lo establecido en los artículos 79 y siguientes del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo dispuesto en el Título VI de la ley N° 19.882 que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto N° 19, de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; y en la resolución 10, de 2017, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón en materias de personal.

Considerando:

Que mediante decreto exento N° 35, de fecha 4 de abril de 2018, del Ministerio de Desarrollo Social, se modificó el orden de subrogancia para el cargo de Director Ejecutivo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social.

Que por razones de buen servicio resulta necesario establecer un nuevo orden de subrogación para el cargo de Director Ejecutivo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, para el caso de ausencia o impedimento del titular.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo quincuagésimo noveno de la ley N° 19.882, si alguno de los cargos de Alta Dirección Pública señalado en este acto administrativo quedasen vacantes, sólo se aplicarán las normas de subrogación de los artículos 79 y siguientes del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

Decreto:

Artículo 1°

Determínase el siguiente orden de subrogación para el desempeño del cargo de Director Ejecutivo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, para el caso de ausencia o impedimento del titular, en el orden de prelación que se indica:

  1. - Fiscal, Fondo de Solidaridad e Inversión Social.

  2. -...

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