Decreto núm. 40, publicado el 10 de Junio de 2023. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN VIAL RUTAS DEL LOA', Y APRUEBA CONVENIO AD ? REFERÉNDUM Nº 1 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 934290501

Decreto núm. 40, publicado el 10 de Junio de 2023. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN VIAL RUTAS DEL LOA', Y APRUEBA CONVENIO AD ? REFERÉNDUM Nº 1

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN VIAL RUTAS DEL LOA", Y APRUEBA CONVENIO AD – REFERÉNDUM Nº 1

Núm. 40.- Santiago, 28 de febrero de 2023.

Vistos:

-El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones.

-El Decreto Supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19º.

-El Decreto Supremo MOP Nº 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial el artículo 69º.

-La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

-El DFL MOP Nº 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

-El Decreto Supremo MOP Nº 149, de fecha 27 de diciembre de 2017, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Concesión Vial Rutas del Loa".

-El Oficio Ord. Nº 207 - 2019, de fecha 19 de junio de 2019, del Inspector Fiscal.

-El Oficio Ord. Nº 477 - 2019, de fecha 23 de septiembre de 2019, del Inspector Fiscal.

-El Oficio Ord. Nº 0218, de fecha 24 de abril de 2020, del Jefe de la División de Construcción de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

-El Oficio Ord. Nº 0226, de fecha 22 de mayo de 2020, del Jefe de la División de Construcción de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

-El Oficio Ord. Nº 051/1838, de fecha 2 de junio de 2020, del Jefe de la División de Evaluación Social de Inversiones (S) de la Subsecretaría de Evaluación Social.

-El Oficio Ord. Nº 1197 - 2020, de fecha 4 de junio de 2020, del Inspector Fiscal.

-El Protocolo de Acuerdo suscrito, con fecha 7 de julio de 2020, por la Intendencia de la Región de Antofagasta, la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas y la I. Municipalidad de Sierra Gorda.

-La Resolución Exenta D.R. Antofagasta Nº 20210210125, de fecha 29 de enero de 2021, del Servicio de Evaluación Ambiental.

-El Memorándum Nº 345, de fecha 18 de agosto de 2021, del Jefe de la División de Participación, Medio Ambiente y Territorio de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

-El Oficio Ord. Nº 2750 - 2021, de fecha 29 de septiembre de 2021, del Inspector Fiscal.

-La Carta RdL MOP Nº 1093/2021, de fecha 26 de octubre de 2021, de la Sociedad Concesionaria.

-El Oficio Ord. Nº 2825 - 2021, de fecha 27 de octubre de 2021, del Inspector Fiscal.

-El Oficio Ord. Nº 0076, de fecha 27 de octubre de 2021, del Jefe de la División de Construcción (S) de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

-La Resolución DGC (Exenta) Nº 0067, de fecha 27 de octubre de 2021.

-El Oficio Ord. Nº 3167 - 2022, de fecha 9 de marzo de 2022, del Inspector Fiscal.

-La Carta RdL MOP Nº 278/2022, de fecha 21 de marzo de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

-El Oficio Ord. Nº 3219 - 2022, de fecha 24 de marzo de 2022, del Inspector Fiscal.

-La Carta RdL MOP Nº 301/2022, de fecha 29 de marzo de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

-El Oficio Ord. Nº 3312 - 2022, de fecha 29 de abril de 2022, del Inspector Fiscal.

-El Oficio Ord. Nº 3568 - 2022, de fecha 28 de julio de 2022, del Inspector Fiscal.

-La Carta RdL MOP Nº 1194/2022, de fecha 15 de noviembre de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

-El Oficio Ord. Nº 3888 - 2022, de fecha 18 de noviembre de 2022, del Inspector Fiscal.

-El Oficio Ord. Nº 77/22, de fecha 18 de noviembre de 2022, del Jefe de la División de Construcción de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

-La Resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nº 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, fijada en el DFL MOP Nº 7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, la Dirección General de Obras Públicas tenía a su cargo.

  2. Que el artículo 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP", podrá modificar las características de las obras y servicios contratados, a objeto de incrementar los niveles de servicio y estándares técnicos establecidos en las Bases de Licitación, o por otras razones de interés público debidamente fundadas, debiendo, como consecuencia, compensar económicamente al concesionario, cuando corresponda, por los costos adicionales en que éste incurriere por tal concepto.

  3. Que el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, agregando en su Nº 4 que el Director General de Concesiones de Obras Públicas, con el visto bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  4. Que el contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Vial Rutas del Loa", en adelante el "contrato de concesión", se emplaza en la Región de Antofagasta, abarcando las comunas de Sierra Gorda y Calama, y contempla el mejoramiento y la ampliación a doble calzada de la actual Ruta 25 en el tramo comprendido entre el inicio del Enlace Carmen Alto hasta el empalme con la Avenida Balmaceda, al norte de la actual rotonda de acceso sur a Calama, además de la construcción de la Nueva Circunvalación Oriente a Calama, que conectará las Rutas 24 Oriente, Ruta 21, Ruta 23 y Ruta 25, incluyendo las obras de conexión que den continuidad a las citadas vías.

  5. Que dentro de las obras comprendidas en el contrato de concesión se encuentra, en lo que interesa para efectos del presente acto administrativo, la construcción de una variante en doble calzada en el sector de Sierra Gorda, la cual aleja la actual Ruta 25 del centro de la localidad y la traslada a más de 2 km. de distancia.

  6. Que durante la fase de ingeniería del contrato de concesión, la Sociedad Concesionaria, en virtud de lo establecido en el artículo 1.9.1.1 de las Bases de Licitación, presentó una propuesta de modificación al anteproyecto referencial, para efectos de cambiar los pasos superiores del sector de Sierra Gorda por pasos inferiores, lo cual fue aprobado técnicamente por el Inspector Fiscal mediante Oficio Ord. Nº 207 - 2019, de fecha 19 de junio de 2019. Lo anterior genera ahorros para la Sociedad Concesionaria, de los cuales UF 22.862,54, de acuerdo a lo informado por el Inspector Fiscal en su Oficio Ord. Nº 1197 - 2020, de fecha 4 de junio de 2020, deben ser reinvertidos en el contrato de concesión de conformidad con lo establecido en el párrafo 15º del artículo 1.9.1.1 de las Bases de Licitación.

  7. Que con la modificación señalada en el considerando anterior, la Sociedad Concesionaria desarrolló los Proyectos de Ingeniería de Detalle del Sector A del contrato de concesión, cuyo Proyecto Vial fue aprobado por el Inspector Fiscal mediante Oficio Ord. Nº 477 - 2019, de fecha 23 de septiembre de 2019.

  8. Que en forma paralela a lo señalado en los considerandos 6º y 7º precedentes, durante el año 2019 la comunidad de Sierra Gorda, a través de su autoridad edilicia, expresó sus inquietudes respecto a la denominada Variante Sierra Gorda y sus impactos, toda vez que el trazado contemplado en el anteproyecto referencial para dicha variante afectaría la integración del territorio al proyecto de doble calzada y podría alterar la continuidad en la prestación de los servicios que desarrolla la localidad, en la actualidad, con los usuarios de la ruta. Junto con lo anterior, dicha comunidad solicitó al MOP que se incorporaran obras adicionales al contrato de concesión, entre las que se encuentran infraestructuras de cruces, pavimentación, iluminación, modificación de trazados, accesos y retornos nuevos, debido a que las obras consideradas en el contrato de concesión no satisfacen plenamente toda la demanda de movilidad y conectividad que solicita la comunidad de Sierra Gorda aledaña a la Ruta 25.

  9. Que para efectos de abordar los temas planteados por la Municipalidad de Sierra Gorda ante el MOP, se constituyeron mesas técnicas de coordinación, en las cuales se acordó modificar el trazado de la Variante Sierra Gorda, con el fin de aproximar la obra al centro poblado de la comuna, respetando el límite que permite el nuevo Plan Regulador Comunal ("PRC"), además de implementar una serie de medidas y obras para atender los planteamientos de la comunidad, las cuales quedaron reflejadas en un Protocolo de Acuerdo suscrito...

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