Decreto núm. 40, publicado el 27 de Diciembre de 2021. MODIFICA REGLAMENTO QUE ESTABLECE MEDIDAS DE PROTECCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES DE ALTO RIESGO PARA LAS ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA REGLAMENTO QUE ESTABLECE MEDIDAS DE PROTECCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES DE ALTO RIESGO PARA LAS ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS
Núm. 40.- Santiago, 7 de mayo de 2021.
Vistos:
Los Informes Técnicos (D.Ac.) Nº 856, de fecha 29 de septiembre de 2020 y Nº 11, de fecha 6 de enero de 2021, ambos de la División de Acuicultura de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura; lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS Nº430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; el DFL Nº 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; las leyes Nº 10.336, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS Nº 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, y Nº 21.183; la resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República; el DS Nº 319, de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y la carta de la Comisión Nacional de Acuicultura Nº 2, de 9 de marzo de 2021.
Considerando:
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Que, el DS Nº 319, de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobó el reglamento que establece medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas, entre cuyas materias se contempla la regulación de la smoltificación de peces salmonídeos, y la distancia que debe guardarse en los procesos de relocalización de concesiones de acuicultura.
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Que, la ley Nº 21.183 amplía el procedimiento de relocalización a concesiones de acuicultura que no tengan en su proyecto técnico especies salmonídeas y establece permisos especiales de colecta de semillas.
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Que, actualmente el artículo 20 bis del reglamento antes individualizado regula las distancias para el caso de relocalización de concesiones de acuicultura que sean realizadas conforme a la ley Nº 20.434 que se refiere a especies salmonídeas, no pronunciándose sobre otro tipo de relocalizaciones puesto que su data es anterior a la ley Nº 21.183.
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Que, en consecuencia, se ha estimado necesario complementar tal regulación a efectos de incorporar las reglas de distancias conforme a las cuales se procederá al proceso de relocalización de concesiones de acuicultura a que se...
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