Decreto núm. 398 EXENTO, publicado el 05 de Enero de 2019. MODIFICA DECRETO Nº 542 EXENTO, DE 2017, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE IDENTIFICA OBRA ESPECÍFICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8° DE LA LEY Nº 20.444, QUE CREA EL FONDO NACIONAL DE LA RECONSTRUCCIÓN Y ESTABLECE MECANISMOS DE INCENTIVO TRIBUTARIO A LAS DONACIONES EFECTUADAS EN CASO DE CATÁSTROFE QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917966880

Decreto núm. 398 EXENTO, publicado el 05 de Enero de 2019. MODIFICA DECRETO Nº 542 EXENTO, DE 2017, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE IDENTIFICA OBRA ESPECÍFICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8° DE LA LEY Nº 20.444, QUE CREA EL FONDO NACIONAL DE LA RECONSTRUCCIÓN Y ESTABLECE MECANISMOS DE INCENTIVO TRIBUTARIO A LAS DONACIONES EFECTUADAS EN CASO DE CATÁSTROFE QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 542 EXENTO, DE 2017, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE IDENTIFICA OBRA ESPECÍFICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8° DE LA LEY Nº 20.444, QUE CREA EL FONDO NACIONAL DE LA RECONSTRUCCIÓN Y ESTABLECE MECANISMOS DE INCENTIVO TRIBUTARIO A LAS DONACIONES EFECTUADAS EN CASO DE CATÁSTROFE QUE INDICA

Núm. 398 exento.- Santiago, 6 de diciembre de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe; en el decreto supremo Nº 662, de 18 de junio de 2010, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento sobre la administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe; en el decreto exento Nº 542, de 6 de diciembre de 2017, del Ministerio de Hacienda, que Identifica obra específica a que se refiere el artículo 8° de la ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe; en el decreto exento Nº 35, de 8 de febrero de 2017, del Ministerio de Hacienda, que renueva Comité Asesor establecido en el artículo 5° del decreto supremo N° 662, de Hacienda, de 2010, y designa integrantes que indica; en el Acta de la Cuarta Sesión Ordinaria, de fecha 6 de diciembre de 2018, del Comité Asesor del Fondo Nacional de la Reconstrucción; en el decreto supremo N° 413, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y, en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el artículo 8° de la ley Nº 20.444, en concordancia con los artículos 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10 y 15 del decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda (en adelante, el "Reglamento"), dispone que se aplicará lo previsto en la citada ley, respecto de las donaciones que se destinen a obras específicas en la medida que sean previamente identificadas por el Ministerio de Hacienda en el o los decretos a que se refiere el artículo segundo de dicha ley.

  2. Que, habiendo dado cumplimiento a lo establecido en la ley Nº 20.444 y su Reglamento, los distintos intervinientes en el proceso de calificación de las postulaciones...

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