Decreto núm. 542 EXENTO, publicado el 23 de Diciembre de 2017. IDENTIFICA OBRA ESPECÍFICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 20.444, QUE CREA EL FONDO NACIONAL DE LA RECONSTRUCCIÓN Y ESTABLECE MECANISMOS DE INCENTIVO TRIBUTARIO A LAS DONACIONES EFECTUADAS EN CASO DE CATÁSTROFE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
IDENTIFICA OBRA ESPECÍFICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 20.444, QUE CREA EL FONDO NACIONAL DE LA RECONSTRUCCIÓN Y ESTABLECE MECANISMOS DE INCENTIVO TRIBUTARIO A LAS DONACIONES EFECTUADAS EN CASO DE CATÁSTROFE
Núm. 542 exento.- Santiago, 6 de diciembre de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 20.444, que "Crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y Establece Mecanismos de Incentivo Tributario a las Donaciones Efectuadas en Caso de Catástrofe"; el decreto supremo Nº 662, de 18 de junio de 2010, del Ministerio de Hacienda; el decreto exento Nº 35, de 8 de febrero de 2017, del Ministerio de Hacienda, a través del cual se "Renueva Comité Asesor" establecido en el artículo 5º del decreto supremo Nº 662, de 2010, de Hacienda, y designa integrantes que indica; el acta de tercera sesión ordinaria, de fecha 5 de diciembre de 2017, del Comité Asesor establecido en el artículo 5º del decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda; el oficio Nº 031761, de 2017 de la Contraloría General de la República; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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- Que, el artículo 8º de la ley Nº 20.444, en concordancia con los artículos 5, 6 ,7, 8, 9, 10 y 15 del decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda, dispone que se aplicará lo previsto en la citada ley, respecto de las donaciones que se destinen a obras específicas en la medida que sean previamente identificadas por el Ministerio de Hacienda en el o los decretos a que se refiere el artículo segundo de dicha ley;
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- Que, habiendo dado cumplimiento a lo dispuesto en la ley Nº 20.444 y su Reglamento, los distintos intervinientes en el proceso de calificación de las postulaciones de obras específicas, han recomendado la inclusión del proyecto que se detalla a continuación dentro de la obra específica que puede financiarse con donaciones susceptibles de acogerse a los beneficios tributarios establecidos en la ley Nº 20.444;
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- Que, atendido lo anterior y en ejercicio de mis atribuciones,
Decreto:
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- Identifícase la siguiente obra específica, de naturaleza pública, que puede financiarse con donaciones susceptibles de acogerse a los beneficios tributarios a...
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