Decreto núm. 385, publicado el 18 de Julio de 2023. APRUEBA PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO - MUNICIPALIDAD DE GRANEROS - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 938709467

Decreto núm. 385, publicado el 18 de Julio de 2023. APRUEBA PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE GRANEROS
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO

Graneros, 13 de junio de 2023.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:

Núm. 385.

Vistos:

  1. La ley 20.958 publicada en el Diario Oficial el 15.10.2016, que establece un sistema de aportes al espacio público y, en uso de las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones, lo dispuesto en la ley 19.880, sobre procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

    Considerando:

  2. Que, la ley 20.958 modificó el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1975, la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

  3. Que, en virtud del artículo 175 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), los proyectos que conlleven crecimiento urbano por densificación deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70 de la misma ley, directamente, o a través de un aporte equivalente al avalúo fiscal del porcentaje de terreno a ceder a la municipalidad respectiva.

  4. Que, el artículo 176 de la LGUC establece que cada municipio elaborará un plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público, que contendrá una cartera de proyectos, obra y medidas incluidas en los instrumentos de la planificación territorial existentes o asociadas a estos debidamente priorizadas, para mejorar sus condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad, así como la calidad de sus espacios públicos y la cohesión social y sustentabilidad urbanas.

  5. Que, el artículo 179 de la LGUC señala Alternativamente, el interesado podrá solicitar que el aporte se materialice a través de la ejecución de estudios de prefactibilidad, proyectos de ingeniería y/o de arquitectura, medidas operacionales para el transporte público o privado y los modos no motorizados, obras de infraestructura pública u otras medidas, con tal que lo propuesto esté incluido en el plan comunal o intercomunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público. También podrán proponerse estudios, proyectos, obras y medidas que no estén considerados en estos planes, pero que sean coherentes con ellos, siempre que no correspondan a mitigaciones directas que deba ejecutar el proyecto. En tal caso, el alcalde deberá someterlos a la aprobación del Concejo Municipal, y requerirá previamente de un...

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