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Decreto núm. 379, publicado el 13 de Junio de 2017. AUTORIZA EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA DIRECTA DE LARGO PLAZO Y SU COLOCACIÓN EN EL MERCADO EXTERNO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA DIRECTA DE LARGO PLAZO Y SU COLOCACIÓN EN EL MERCADO EXTERNO

Núm. 379.- Santiago, 22 de marzo de 2017.

Visto:

El artículo 326 de la Constitución Política de la República; el artículo 3º de la ley Nº 20.981; los artículos 45, 46, 47 y 47 bis del decreto ley Nº 1.263, de 1975; decreto ley Nº 2.349, de 1978; y el artículo 24 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1994 del Ministerio de Hacienda;

Considerando:

Que, de acuerdo al inciso cuarto del artículo de la ley Nº 20.981, la parte de las obligaciones que se contraigan para efectuar el pago anticipado total o parcial de obligaciones contraídas en ejercicios anteriores, no será considerada en el cómputo del margen de endeudamiento fijado en dicha ley,

Decreto:

Artículo 1º

Autorízase al Ministro de Hacienda, al Subsecretario de Hacienda o al Cónsul General de Chile en Nueva York para que, indistintamente, representen al Fisco de la República de Chile (en adelante, la "República de Chile"), en la emisión o reaperturas (en adelante, las "Reaperturas") y colocación de bonos en los mercados externos, denominados y pagaderos en dólares de los Estados Unidos de América (en adelante, "Dólares USA" o "US$"), y/o denominados y pagaderos en euros, moneda de algunos países de la Unión Europea (en adelante, "Euro" o "€"), conforme a las disposiciones de este decreto; y en el pago anticipado total o parcial de obligaciones contraídas en ejercicios anteriores.

El monto agregado total máximo de las emisiones y Reaperturas autorizadas por el presente decreto será de hasta dos mil trescientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$2.300.000.000). Del total emitido bajo esta autorización, un máximo de hasta el equivalente a trescientos millones de Dólares USA (US$300.000.000) podrá utilizarse para efectuar el pago anticipado total o parcial (en adelante, la "Recompra") de una o más series de los bonos anteriormente emitidos por la República de Chile que se detallan a continuación:

i) Serie de bonos denominados en Dólares USA, emitidos con fecha 5 de agosto de 2010 y con vencimiento el 5 de agosto de 2020, por un monto de capital de mil millones de Dólares USA (US$1.000.000.000), en virtud del decreto supremo Nº 567, de 2010, del Ministerio de Hacienda (en adelante el "DS 567");

ii) Serie de bonos denominados en Dólares USA, emitidos con fecha 14 de septiembre de 2011 y con vencimiento el 14 de septiembre de 2021, por un monto de capital de mil millones de Dólares USA (US$1.000.000.000), en virtud del decreto supremo Nº 1.195, de 2011, del Ministerio de Hacienda (en adelante, el "DS 1.195");

iii) Serie de bonos denominados en Dólares USA, emitidos con fecha 30 de octubre de 2012 y con vencimiento el 30 de octubre de 2022, por un monto de capital de setecientos cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$750.000.000), en virtud del decreto supremo Nº 1.035, de 2012, del Ministerio de Hacienda (en adelante, el "DS 1.035");

iv) Serie de bonos denominados en Dólares USA, con fecha 30 de octubre de 2012 y con vencimiento el 30 de octubre de 2042, por un monto de capital de setecientos cincuenta millones de Dólares USA (US$750.000.000), en virtud del DS 1.035;

v) Serie de bonos denominados en Dólares USA, emitidos con fecha 12 de diciembre de 2014 y con vencimiento el 27 de marzo de 2025, por un monto de capital de mil sesenta millones ciento treinta y un mil Dólares USA (US$1.060.131.000), en virtud de los decretos supremos números 1.857 (en adelante, el "DS 1.857") y 1.858, ambos de 2014, del Ministerio de Hacienda;

vi) Serie de bonos denominados en Euros, emitidos con fecha 12 de diciembre de 2014 y con vencimiento el 30 de enero de 2025, por un monto de ochocientos millones de Euros (€800.000.000), en virtud de los DS 1.857 y 1.858, ambos de 2014, del Ministerio de Hacienda, y posteriormente reabiertos por un monto de cuatrocientos cuarenta millones de Euros (€440.000.000), en virtud del decreto supremo Nº 489, de 2015, del Ministerio de Hacienda (en adelante, el "DS 489");

vii) Serie de bonos denominados en Euros, emitidos con fecha 27 de mayo de 2015 y con vencimiento el 27 de mayo de 2030, por un monto de capital de novecientos cincuenta millones de Euros (€950.000.000), en virtud del DS 489;

viii) Serie de bonos denominados en Dólares USA emitidos con fecha 21 de enero de 2016 y con vencimiento el 21 de enero de 2026 por un monto de capital de mil trescientos cuarenta y nueve millones ciento veintidós mil Dólares USA (US$1.349.122.000), en virtud del decreto supremo Nº 1.979 de 2015, del Ministerio de Hacienda (en adelante, el "DS 1.979");

ix) Serie de bonos denominados en Euros emitidos con fecha 20 de enero de 2016 y con vencimiento el 20 de enero de 2026 por un monto de capital de mil doscientos millones de Euros (€1.200.000.000), en virtud del DS 1.979.

Para el cálculo de la equivalencia en Dólares USA del monto de las emisiones y Reaperturas de bonos denominados en Euros, se utilizará la paridad vigente a la fecha del presente decreto, del...

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