Decreto núm. 34, publicado el 14 de Diciembre de 2021. DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL TEATRO ORIENTE, UBICADO EN AVENIDA PEDRO DE VALDIVIA Nº 99, COMUNA DE PROVIDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 879059106

Decreto núm. 34, publicado el 14 de Diciembre de 2021. DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL TEATRO ORIENTE, UBICADO EN AVENIDA PEDRO DE VALDIVIA Nº 99, COMUNA DE PROVIDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyDecreto

DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL TEATRO ORIENTE, UBICADO EN AVENIDA PEDRO DE VALDIVIA Nº 99, COMUNA DE PROVIDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 34.- Valparaíso, 11 de noviembre de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 6, 7, 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, de 2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en las actas de sesiones ordinarias de fecha 10 de enero de 2018 y 24 de junio de 2020, del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria.

Considerando:

  1. Que, mediante Ord. Nº 1302/102 de 3 de diciembre de 1997, Ingreso CMN Nº 3.164, la Ilustre Municipalidad de Providencia solicitó al Consejo de Monumentos Nacionales la declaración como Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Teatro Oriente, ubicado en Avenida Pedro de Valdivia Nº 099, comuna de Providencia, Región Metropolitana, Rol de Avalúo Fiscal Nº 00027-00006. Mediante oficio Nº 432 de 11 de enero de 2013, Ingreso CMN Nº 286 de 14 de enero de 2013, dicha Municipalidad reiteró este requerimiento.

  2. Que, en el contexto del Centenario de la República, la ciudad de Santiago vivió un importante crecimiento de su población y desarrollo urbano, impulsado por gobiernos que apuntaron tanto a la modernización del país como al bienestar de sus habitantes. Bajo esa premisa, hacia las primeras décadas del siglo XX y con el apoyo de la Caja de Ahorro del Banco Estado, se comenzaron a construir los primeros teatros y cines de la capital, que buscaban acercar el desarrollo cultural a sus habitantes. En el sector oriente de la ciudad se erigieron importantes edificios, entre los que destacan el Teatro Marconi -actual Nescafé de las Artes-, el Teatro Baquedano y el Teatro Oriente, este último construido entre los años 1930 y 1935.

  3. Que, el Teatro Oriente, denominado originalmente como Teatro Olympo, se construyó en los sectores correspondientes a la Chacra de Lo Bravo, del...

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