Decreto núm. 31, publicado el 07 de Julio de 2021. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'AEROPUERTO PRESIDENTE CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO DE PUNTA ARENAS' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 1 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 870683203

Decreto núm. 31, publicado el 07 de Julio de 2021. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'AEROPUERTO PRESIDENTE CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO DE PUNTA ARENAS' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 1

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "AEROPUERTO PRESIDENTE CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO DE PUNTA ARENAS" Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 1

Núm. 31.- Santiago, 19 de febrero de 2021.

Vistos:

- El DFL N° 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL N° 206, de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones.

- El decreto supremo MOP N° 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164 de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en particular su artículo 19°.

- Decreto supremo MOP N° 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 69°.

- La ley N° 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El DFL MOP N° 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP N° 282, de fecha 10 de noviembre de 2009, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas".

- La resolución DGC N° 0032, de fecha 25 de junio de 2019.

- El Oficio Ord. N° 053, de fecha 8 de julio de 2019, del Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos.

- El decreto supremo MOP N° 129, de fecha 4 de noviembre de 2019.

- La resolución DGC N° 009, de fecha 23 de abril de 2020.

- El Memorándum N° 106, de fecha 15 de mayo de 2020, del Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos.

- El Oficio Ord. N° 0530, de fecha 3 de junio de 2020, del Director General de Concesiones de Obras Públicas.

- El Oficio Of. (O) N° 14/1/0817/3226, de fecha 10 de junio de 2020, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio Ord. IFE. PUQ. N° 155/2020, de fecha 8 de julio de 2020, del Inspector Fiscal.

- La Carta Ord. IF.EX 172/2020, de fecha 8 de julio de 2020, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. IFE. PUQ. N° 157/2020, de fecha 8 de julio de 2020, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. N° 096, de fecha 8 de julio de 2020, de la Jefa de la División de Operaciones.

- La Resolución DGC (Exenta) N° 1.374, de fecha 9 de julio de 2020.

- El Oficio Ord. IFE.PUQ N° 173/2020, de fecha 30 de julio de 2020, del Inspector Fiscal.

- La carta Ord. IF.EX. 201/2020, de fecha 7 de agosto de 2020, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta Ord. IF.EX 202/2020, de fecha 7 de agosto de 2020, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. IFE.PUQ N° 189/2020, de fecha 14 de agosto de 2020, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. IFE.PUQ N° 201/2020, de fecha 7 de septiembre de 2020, del Inspector Fiscal.

- El Oficio (O) N° 14/1/0575, de fecha 20 de enero de 2021, del Director General de Aeronáutica Civil.

- La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre la exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP" desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

  2. Que el artículo 69° N° 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  3. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la ley N° 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP N° 7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP N° 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, la Dirección General de Obras Públicas tenía a su cargo.

  4. Que, según lo establecido en el artículo 1.7.6 de las Bases de Licitación, la concesión se extinguiría al mes "m" en que se cumpliera la relación VPIm ITC.>

  5. Que, conforme a lo establecido en el artículo 25° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, el MOP se encuentra desarrollando un proceso de licitación de la obra pública fiscal, con el objeto de entregar nuevamente en concesión las obras correspondientes al Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas, en el marco de la obra pública fiscal denominada "Red Aeroportuaria Austral", cuyas Bases de Licitación se aprobaron mediante resolución DGC N° 0032, de fecha 25 de junio de 2019, que fue tomada de razón por la Contraloría General de la República con fecha 9 de agosto de 2019.

  6. Que, mediante Oficio Ord. N° 053, de fecha 8 de julio de 2019, el Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos informó al Jefe de la División de Operaciones que, en consideración al desarrollo del proceso de licitación del proyecto de concesión denominado "Red Aeroportuaria Austral", se tenía previsto que el nuevo contrato de concesión se encontrare adjudicado en el mes de junio de 2020 y dado que debe existir un período de transición conforme a lo establecido en las Bases de Licitación de dicho proyecto de, por lo menos, 30 días, sería deseable que la prórroga de la obra pública fiscal denominada "Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas" se extendiera hasta el último día del mes de julio de 2020.

  7. Que, considerando lo anterior, el MOP estimó de interés público establecer un procedimiento que permitiera asegurar la continuidad entre ambas concesiones, de modo de no afectar la operación del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas, por lo cual, mediante decreto supremo MOP N° 129, de fecha 4 de noviembre de 2019, se modificaron las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que, a partir de la fecha de extinción de la concesión dispuesta en el artículo 1.7.6 de las Bases de Licitación, se prorrogó el plazo de la concesión hasta el 31 de julio de 2020.

  8. Que, de conformidad a lo informado por el Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos en su Memorándum N° 106, de fecha 15 de mayo de 2020, mediante resolución DGC N° 009, de fecha 23 de abril de 2020, se aprobó la Circular Aclaratoria N° 5 de las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Red Aeroportuaria Austral", la cual, en su N° 2 y N° 3, extendió el plazo de recepción de ofertas hasta el día 6 de agosto de 2020 y el de apertura de ofertas económicas hasta el día 3 de septiembre de 2020, respectivamente, lo cual excede el plazo máximo de concesión dispuesto mediante decreto supremo MOP N° 129, de fecha 4 de noviembre de 2019.

  9. Que, mediante Oficio Ord. N° 0530, de fecha 3 de junio de 2020, el Director General de Concesiones de Obras Públicas informó al Director General de Aeronáutica Civil que, con el propósito de garantizar la continuidad de la operación del "Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas" y atendido que el contrato de concesión se extinguirá el día 31 de julio de 2020 conforme lo dispuesto mediante decreto supremo MOP N° 129 de 2019, se ha desarrollado una propuesta de resolución que modifica, por razones de interés público y urgencia, las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido de prorrogar el plazo de duración de la concesión hasta el 31 de marzo de 2021. Para ello, mediante dicho Oficio, el Director General de Concesiones de Obras Públicas adjuntó al Director General de Aeronáutica Civil una propuesta de acto administrativo en el cual se contienen las condiciones particulares que regirán durante el mencionado período de prórroga del plazo de duración de la concesión, solicitando su pronunciamiento, en su calidad de Mandante, respecto de dicha iniciativa.

  10. Que, mediante Oficio Of. (O) N° 14/1/0817/3226, de fecha 10 de junio de 2020, el Director General de Aeronáutica Civil expresó su conformidad con los términos de la propuesta de Resolución para prorrogar el plazo de duración de la concesión de la obra pública fiscal denominada "Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas" informados por el Director General de Concesiones de Obras Públicas mediante su Oficio Ord. N° 0530.

  11. Que, en virtud de lo señalado precedentemente, y considerando que a partir de la apertura de las ofertas económicas se debía tramitar el respectivo decreto de adjudicación, teniendo presente el período de transición necesario, mediante resolución DGC (Exenta) N° 1.374, de fecha 9 de julio de 2020, se modificaron las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que se prorrogó el plazo del actual contrato de concesión hasta el 31 de marzo de 2021. Lo anterior, con el objeto de establecer un procedimiento que permita asegurar la continuidad entre ambas concesiones, de modo de no afectar la operación del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas.

  12. Que las modificaciones a las...

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