Decreto núm. 31, publicado el 24 de Mayo de 2017. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 14 (V. Y U.), DE 2007, QUE APRUEBA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE BARRIOS, EN EL SENTIDO QUE INDICA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 679925377

Decreto núm. 31, publicado el 24 de Mayo de 2017. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 14 (V. Y U.), DE 2007, QUE APRUEBA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE BARRIOS, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 14 (V. Y U.), DE 2007, QUE APRUEBA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE BARRIOS, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Santiago, 24 de agosto de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 31.

Visto:

La Ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; el DL Nº 1.305, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; la Ley Nº 19.537, Sobre Copropiedad Inmobiliaria; el artículo 15 de la ley Nº 20.898, que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción; el DS Nº 14, de V. y U., de 2007, que aprueba reglamento del Programa de Recuperación de Barrios y las facultades que me confiere el número 6º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,

Considerando:

  1. - La necesidad de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de barrios que presentan problemas de deterioro urbano, segregación y vulnerabilidad social.

  2. - La necesidad de propender a una mejora en la calidad de vida de los habitantes en los barrios, entendiendo por ésta al conjunto de condiciones objetivas y estados subjetivos que hacen posible la satisfacción de necesidades básicas y el desarrollo integral y seguro de los seres humanos.

Decreto:

Artículo único

Apruébanse las siguientes modificaciones al decreto supremo Nº 14 (V. Y U.), de 2007, que aprueba el Reglamento del Programa de Recuperación de Barrios:

  1. - Agréguese en la letra b) del artículo 2º, entre las palabras "espacio público" y las palabras "infraestructura y/o de equipamiento colectivo", la siguiente frase:

    "de los bienes en dominio común en el caso de los condominios.".

  2. - Agréguese en el inciso segundo del artículo 3º, la siguiente oración después del punto final que se reemplaza por una coma:

    "así como reparación de los bienes en dominio común de un condominio.".

  3. - Elimínanse del artículo 6º, las palabras "tipo de inversión, actos o contratos,".

    ...

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