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Decreto núm. 3015 EXENTO, publicado el 13 de Marzo de 2017. AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Núm. 3.015 exento.- Santiago, 20 de octubre de 2016.

Visto:

El oficio F.N. Nº 606/2016, de 20.09.2016, del Fiscal Nacional del Ministerio Público; lo dispuesto en el artículo y del decreto ley Nº 799, de 1974 y sus modificaciones; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Que por la naturaleza de las funciones que la Constitución Política de la República y la ley le han encomendado al Ministerio Público y en particular a las Fiscalías Regionales y Locales, las que deben realizarse frecuentemente en días y horas inhábiles,

Decreto:

Artículo único

Autorízase la circulación en horario inhábil y en días sábados en la tarde, domingos y festivos, al vehículo tomado en arriendo y asignado a la Unidad Regional de Atención a Víctimas y Testigos de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur, que se individualiza:

Vehículo Automóvil

Marca Toyota

Modelo Corolla GL 1.8

Año 2015

Motor 2ZRL666337

Chassis 5YFBU8HEXFP306892

Color Blanco

I.N.R.V.M. HHPZ.29-5

Patente HHPZ.29

Anótese, comuníquese y...

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