Decreto núm. 29 EXENTO, publicado el 24 de Marzo de 2021. MODIFICA LA LISTA DE BIENES DE CAPITAL CONTENIDA EN EL DECRETO Nº 399 EXENTO, DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2017, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA LA LISTA DE BIENES DE CAPITAL CONTENIDA EN EL DECRETO Nº 399 EXENTO, DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2017, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Núm. 29 exento.- Santiago, 2 de febrero de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en el DFL N° 2, de 1989, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba y tiene como oficial de la República de Chile el Arancel Aduanero basado en la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías; en el artículo 42 de la ley N° 18.768, que reemplaza, a contar desde el 1 de enero de 1990, la nomenclatura utilizada en el Arancel Aduanero por la del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías; en la ley N° 18.634, que Establece sistema de pago diferido de derechos de aduana, crédito fiscal y otros beneficios de carácter tributario que indica; en el artículo 1° de la ley N° 18.687, que Modifica el arancel aduanero y las leyes N°s. 18.480, 18.483, 18.525 y 18.634; en el decreto exento N° 514, de 1 de diciembre de 2016, del Ministerio de Hacienda, que modifica el Arancel Aduanero Nacional de la República de Chile, y sus modificaciones; en el decreto supremo N° 19, de 2001, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto exento N° 399, de 2 de noviembre de 2017, del Ministerio de Hacienda, que Sustituye lista de bienes de capital establecida por el decreto exento N° 365, del Ministerio de Hacienda, de 26 de marzo de 2012; en la solicitud del Sr. Dongjin Lee, en representación de Consorcio Puente Chacao S.A., de 2 de octubre de 2020, recibida en esta Secretaría de Estado el 14 de octubre de 2020; en las Actas de Sesiones N°s. 1 y 2, de fechas 15 y 28 de diciembre de 2020, respectivamente, ambas de la Comisión Técnica dispuesta por el artículo 4° de la ley N° 18.634; en el decreto supremo N° 31, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y, en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
-
Que, el Sr. Dongjin Lee, en representación de la empresa Consorcio Puente Chacao S.A. (en adelante, también la "Empresa" o el "solicitante"), a través de presentación de 2 de octubre de 2020, solicitó incorporar al listado de bienes de capital establecido en el artículo 4° de la ley N° 18.634, las mercancías descritas como "puentes y sus partes", clasificadas en el ítem arancelario 7308.1000, del Arancel Aduanero Nacional, y que actualmente no están...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba