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Decreto núm. 281, publicado el 03 de Octubre de 2020. MODIFICA TEMPORALMENTE COBRO DE DERECHOS PARA TRÁMITE DE PRÓRROGA DE PERMISO DE TURISMO POR EL PLAZO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA TEMPORALMENTE COBRO DE DERECHOS PARA TRÁMITE DE PRÓRROGA DE PERMISO DE TURISMO POR EL PLAZO QUE SEÑALA

Núm. 281.- Santiago, 17 de junio de 2020.

Vistos:

El artículo 326 de la Constitución Política de la República; la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; el artículo 6° de la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; los artículos 6, 44 y 91 N°2 del decreto ley N° 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile; los artículos 13, 101 y 1772 del decreto supremo N° 597, de 1984, del Ministerio del Interior, que aprueba nuevo Reglamento de Extranjería; el decreto supremo N° 296, de 1995, del Ministerio del Interior, que determina monto de derechos que deberán pagar los extranjeros por las actuaciones administrativas que se indican y deroga el decreto N° 940, de 1975, y sus modificaciones posteriores; el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que dispone alerta sanitaria por el período de un año y se otorgan facultades extraordinarias por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), y sus modificaciones; el decreto supremo N°104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile; el decreto supremo N° 107, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica; el decreto supremo N° 102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que dispone cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo Coronavirus (2019-NCOV); el decreto supremo N° 116, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que extiende la vigencia del decreto supremo N° 102, de 2020 de la misma Cartera de Estado; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. - Que, en virtud de lo dispuesto en el decreto ley N° 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile, el otorgamiento y prórroga de las autorizaciones de turismo a los extranjeros en Chile será...

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