Decreto núm. 281, publicado el 03 de Octubre de 2020. MODIFICA TEMPORALMENTE COBRO DE DERECHOS PARA TRÁMITE DE PRÓRROGA DE PERMISO DE TURISMO POR EL PLAZO QUE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA TEMPORALMENTE COBRO DE DERECHOS PARA TRÁMITE DE PRÓRROGA DE PERMISO DE TURISMO POR EL PLAZO QUE SEÑALA
Núm. 281.- Santiago, 17 de junio de 2020.
Vistos:
El artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; el artículo 6° de la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; los artículos 6, 44 y 91 N°2 del decreto ley N° 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile; los artículos 13, 101 y 177 N° 2 del decreto supremo N° 597, de 1984, del Ministerio del Interior, que aprueba nuevo Reglamento de Extranjería; el decreto supremo N° 296, de 1995, del Ministerio del Interior, que determina monto de derechos que deberán pagar los extranjeros por las actuaciones administrativas que se indican y deroga el decreto N° 940, de 1975, y sus modificaciones posteriores; el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que dispone alerta sanitaria por el período de un año y se otorgan facultades extraordinarias por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), y sus modificaciones; el decreto supremo N°104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile; el decreto supremo N° 107, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica; el decreto supremo N° 102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que dispone cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo Coronavirus (2019-NCOV); el decreto supremo N° 116, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que extiende la vigencia del decreto supremo N° 102, de 2020 de la misma Cartera de Estado; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
-
- Que, en virtud de lo dispuesto en el decreto ley N° 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile, el otorgamiento y prórroga de las autorizaciones de turismo a los extranjeros en Chile será...
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