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Decreto núm. 27 EXENTO, publicado el 25 de Marzo de 2022. DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA Y DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA PARA EL CARGO DE SUBSECRETARIA DE EVALUACIÓN SOCIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyDecreto

DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA Y DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA PARA EL CARGO DE SUBSECRETARIA DE EVALUACIÓN SOCIAL

Santiago, 22 de marzo de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 27 exento.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en el decreto supremo N° 15 de 2012 del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social que aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Desarrollo Social; en el decreto con fuerza de ley N° 1 de 2012 del Ministerio de Planificación de Fija Plantas de Personal de las Subsecretarías de Evaluación Social y de Servicios Sociales, determina fecha de iniciación de actividades del Ministerio de Desarrollo Social y regula demás materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley N° 20.530; en el decreto con fuerza de ley N° 1 de 2001, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; en el DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el numeral 22 del apartado I, artículo 1° del decreto supremo N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; la Ley de Presupuestos vigente, y resolución N° 6 de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

Que, el artículo 81 letra a) del DFL N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, dispone que la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación, en los siguientes casos de:

  1. casos de exclusiva confianza y b) cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes.

Que, el cargo de Subsecretaria de Evaluación Social es de exclusiva confianza de S.E. el Presidente de la República.

Decreto:

  1. Déjese sin efecto, el decreto exento N° 52 de fecha 25 de agosto de 2021, del Ministerio de...

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