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Decreto núm. 265 EXENTO, publicado el 16 de Marzo de 2024. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'FUNDACIÓN FERRER' PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "FUNDACIÓN FERRER" PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Santiago, 1 de febrero de 2024.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 265 exento.

Vistos:

Estos antecedentes, y lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de su ley orgánica; en el decreto supremo N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que contiene su reglamento orgánico; en el artículo 34 del decreto supremo N° 110, de 1979, de la misma cartera de Estado, que se refiere a las corporaciones y fundaciones que, con personalidad jurídica obtenida en el extranjero, solicitan autorización para desarrollar actividades en Chile; en el decreto supremo N° 924, de 1981, de igual procedencia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en el Convenio por el que se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, de 5 de octubre de 1961 (Convención de la Apostilla), promulgado por el decreto supremo N° 228, de 2015, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la ley N° 20.711, de 2013, que implementa la Convención de La Haya que suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros (Convención de la Apostilla), adoptada el 5 de octubre de 1961 en La Haya, Países Bajos; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y lo consignado en el Informe N° 1.535, de 18 de octubre de 2023, del Consejo de Defensa del Estado; y,

Considerando:

  1. Que, con fecha 4 de julio de 2023, se recibió en esta secretaría de Estado la presentación de don Juanjosé Francisco Vergara Petricio, en representación de la entidad extranjera denominada "Fundación Ferrer", solicitando se autorice formalmente a dicha organización para que desarrolle actividades en el país.

  2. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia -que se refiere a las corporaciones y fundaciones que, con personalidad jurídica obtenida en el extranjero, solicitan autorización para desarrollar actividades en Chile-, en concordancia con el artículo 1°, párrafo I.3.2, del decreto supremo N° 924, de 1981, del mismo origen, sobre...

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