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Decreto núm. 26, publicado el 29 de Noviembre de 2021. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 38, DE 2003, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 38, DE 2003, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Núm. 26.- Santiago, 5 de mayo de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en el Nº 6 del artículo 32 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determina organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el decreto con fuerza de ley Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas sobre atribuciones del Ministerio de Economía en materia de transportes y reestructuración de la Subsecretaría de Transportes; en la ley Nº 18.059, que asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de organismo rector nacional de tránsito y le señala atribuciones; en el decreto ley Nº 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que crea el Ministerio de Transportes; en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Nº 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.696, que modifica artículo 6 de la ley Nº 18.502, autoriza importación de vehículos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros; en la ley Nº 19.040, que establece normas para adquisición por el fisco de vehículos que indica y otras disposiciones relativas a la locomoción colectiva de pasajeros; en la Ley Nº 19.831, que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares; en el decreto supremo Nº 38, de 2003, que crea y reglamenta el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención de Trámite de Toma de Razón; y en la demás normativa que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que, mediante el decreto supremo Nº 38, de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, citado en el Visto, se crea y reglamenta el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, en adelante e indistintamente "el Registro" o "Renastre".

  2. Que, el artículo 3º del decreto supremo antes mencionado, regula los documentos que deben presentar los interesados al solicitar la inscripción de un servicio en el Registro.

  3. Que, en el contexto de lo señalado en el punto anterior, cabe señalar que, en...

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