Decreto núm. 26, publicado el 29 de Noviembre de 2021. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 38, DE 2003, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 38, DE 2003, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 26.- Santiago, 5 de mayo de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el Nº 6 del artículo 32 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determina organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el decreto con fuerza de ley Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas sobre atribuciones del Ministerio de Economía en materia de transportes y reestructuración de la Subsecretaría de Transportes; en la ley Nº 18.059, que asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de organismo rector nacional de tránsito y le señala atribuciones; en el decreto ley Nº 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que crea el Ministerio de Transportes; en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Nº 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.696, que modifica artículo 6 de la ley Nº 18.502, autoriza importación de vehículos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros; en la ley Nº 19.040, que establece normas para adquisición por el fisco de vehículos que indica y otras disposiciones relativas a la locomoción colectiva de pasajeros; en la Ley Nº 19.831, que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares; en el decreto supremo Nº 38, de 2003, que crea y reglamenta el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención de Trámite de Toma de Razón; y en la demás normativa que resulte aplicable.
Considerando:
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Que, mediante el decreto supremo Nº 38, de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, citado en el Visto, se crea y reglamenta el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, en adelante e indistintamente "el Registro" o "Renastre".
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Que, el artículo 3º del decreto supremo antes mencionado, regula los documentos que deben presentar los interesados al solicitar la inscripción de un servicio en el Registro.
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Que, en el contexto de lo señalado en el punto anterior, cabe señalar que, en...
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