Decreto núm. 26 EXENTO, publicado el 27 de Agosto de 2021. MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LOS TRIBUNALES TRIBUTARIOS Y ADUANEROS, APROBADO POR DECRETO Nº 22 EXENTO, DE 2013, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 875151422

Decreto núm. 26 EXENTO, publicado el 27 de Agosto de 2021. MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LOS TRIBUNALES TRIBUTARIOS Y ADUANEROS, APROBADO POR DECRETO Nº 22 EXENTO, DE 2013, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LOS TRIBUNALES TRIBUTARIOS Y ADUANEROS, APROBADO POR DECRETO Nº 22 EXENTO, DE 2013, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Núm. 26 exento.- Santiago, 4 de febrero de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 134 de la ley Nº 11.764; en el artículo 24 de la ley Nº 16.395; en el artículo único de la ley Nº 17.538; en el decreto supremo Nº 28 de 1994, en el decreto supremo Nº 4 de 2013, en el decreto Nº 22, de 3 de enero de 2013, en el decreto supremo Nº 56 de 2019, todos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en el decreto Nº 19 de 2001, del Ministerío Secretaria General de la Presidencia; en los decretos supremos Nº 413, de 11 de marzo de 2018, y Nº 544, de 28 de octubre de 2019, Nº 31, de 26 de enero de 2021, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social, mediante el Ord. Nº 5.107, de 25 de julio de 2019; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. - Que, mediante decreto exento Nº 22, de 3 de enero de 2013, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se aprobó el Reglamento del Servicio de Bienestar de los Tribunales Tributarios y Aduaneros.

  2. - Que, existe la necesidad de incorporar nuevos beneficios al Reglamento del Servicio de Bienestar de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, además de complementar parcialmente determinadas disposiciones del mismo.

Decreto:

Artículo único

Modifícase el Reglamento del Servicio de Bienestar de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, aprobado por decreto exento Nº 22, de 3 de enero de 2013, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en el siguiente sentido:

  1. Renómbrense los artículos 1º a 9º del decreto exento Nº 22, de 2013, pasando a denominarse artículos 1 al 9, con sus correspondientes intermedios.

  2. Sustitúyese el Artículo 1 por el siguiente nuevo:

    "El Servicio de Bienestar de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, en adelante "el Servicio", corresponde a una dependencia de la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, a la cual podrán afiliarse el personal de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, a nivel nacional. Su objetivo consiste en proporcionar a sus afiliados y cargas familiares, en la medida que sus recursos lo permitan, asistencia médica, económica y social de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento.

    El Servicio de Bienestar fundamentará su acción en los siguientes principios:

    Equidad: Que exista imparcialidad en el acceso a los beneficios y prestaciones para todos sus afiliados.

    Uniformidad: Que en un mismo estado de necesidad debe ser satisfecho por una misma prestación, es decir, deben...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR