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Decreto núm. 24, publicado el 24 de Octubre de 2023. AUTORIZA EL PAGO DEL SOBRESUELDO DE REPARTICIONES O UNIDADES DE ORDEN Y SEGURIDAD ESPECIALIZADA AL DEPARTAMENTO PROTECCIÓN DE PERSONAS IMPORTANTES (PPI)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA EL PAGO DEL SOBRESUELDO DE REPARTICIONES O UNIDADES DE ORDEN Y SEGURIDAD ESPECIALIZADA AL DEPARTAMENTO PROTECCIÓN DE PERSONAS IMPORTANTES (PPI)

Núm. 24.- Santiago, 16 de enero de 2023.

Visto:

  1. Lo dispuesto en los artículos 32, Nº 6, y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante el decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia;

  2. La ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros;

  3. La ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado;

  4. La ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y Modifica Diversos Cuerpos Legales:

  5. La Ley Nº 21.516 de Presupuestos del Sector Público año 2023;

  6. Lo dispuesto en el artículo 48º, letra e), del decreto Nº 412, de 1991, del Ministerio de Defensa Nacional, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile;

  7. Lo señalado en los artículos 12 y 14 del Reglamento de Asignaciones, Sobresueldos, Gratificaciones Especiales y Otros Derechos Estatutarios del Personal de Carabineros de Chile, aprobado mediante decreto Nº 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional;

  8. La Orden General N° 1.243, de fecha 22 de diciembre de 1997 y la Orden General Nº 2.749, de fecha 4 de marzo de 2020;

  9. El decreto Nº 112, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que califica al Departamento Protección de Personas Importantes de Carabineros de Chile como Reparticiones y Unidades de Orden y Seguridad Especializadas de dicha Institución; y

  10. La resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

  11. Que, según el inciso primero del artículo 33, de la Ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile. "El personal de Carabineros tiene derecho, como retribución por sus servicios, al sueldo asignado al grado de su empleo y demás remuneraciones adicionales, asignaciones, bonificaciones, gratificaciones y estipendios de carácter general o especial que correspondan";

  12. Que, dentro de los sobresueldos a que puede tener derecho el personal de Carabineros de Chile, se encuentra el denominado Sobresueldo de Reparticiones o Unidades de Orden y...

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