Decreto núm. 225, publicado el 16 de Marzo de 2022. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 908621162

Decreto núm. 225, publicado el 16 de Marzo de 2022. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA"

Núm. 225.- Santiago, 11 de noviembre de 2021.

Vistos:

- El DFL MOP N° 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL N° 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP N° 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19°.

- El decreto supremo MOP N° 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial el artículo 69°.

- La ley N° 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El DFL MOP N° 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP N° 230, de fecha 11 de agosto de 2009, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación explotación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Hospitalaria".

- El oficio Ord. C4 / N° 1898, de fecha 8 de junio de 2017, de la Subsecretaria de Redes Asistenciales.

- El oficio Ord. IF-HM N° 2397/17, de fecha 24 de julio de 2017, del Inspector Fiscal.

- La resolución DGOP (exenta) N° 4.074, de fecha 19 de octubre de 2017.

- El oficio Ord. IF-HOS N° 449/18, de fecha 14 de mayo de 2018, del Inspector Fiscal.

- El memorándum C47 / N° 10, de fecha 17 de mayo de 2018, del Jefe de la División de Inversiones de la Subsecretaría de Redes Asistenciales de Minsal.

- El decreto supremo MOP N° 145, de fecha 12 de noviembre de 2018.

- La resolución afecta N° 1, de 28 de enero de 2019, del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza.

- El oficio Ord. N° 526, de fecha 7 de agosto de 2019, de la Directora (S) del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida.

- El oficio Ord. N° 598, de fecha 17 de septiembre de 2019, de la Directora (S) del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida.

- El memorándum C49 / N° 30, de fecha 11 de junio de 2021, del jefe de la División de Inversiones de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.

- El oficio Ord. IF - HOS N° 874/21, de fecha 16 de septiembre de 2021, del Inspector Fiscal (S).

- La carta N° 2918-GG-21, de fecha 12 de octubre de 2021, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. IF HOS N° 880/21, de fecha 14 de octubre de 2021, del Inspector Fiscal (S).

- El oficio N° 143, de fecha 15 de octubre de 2021, del Jefe de la Unidad de Hospitales de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- La resolución DGC N° 61 (exenta), de fecha 18 de octubre de 2021.

- La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el MOP, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

  2. Que el artículo 69° N° 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  3. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la ley N° 21.044, de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP N° 7, de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP N° 850, de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, la Dirección General de Obras Públicas tenía a su cargo.

  4. Que de acuerdo a lo establecido en las Pautas de Diseño de Arquitectura y Especialidades del Contrato de Concesión de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Hospitalaria", en adelante el "Contrato de Concesión", la obligación de la Sociedad Concesionaria respecto al sistema de climatización a implementar en los Hospitales de Maipú y de La Florida, era la de instalar un sistema de aire acondicionado en los recintos de áreas clínicas más relevantes y en sectores específicos, quedando excluidas de la obligación de contar con aire acondicionado las consultas médicas y las salas de hospitalización, no obstante que para todos los sectores se debía considerar ventilación forzada, extracción de aire y calefacción por radiadores. Lo anterior, toda vez que se estimó que con los requisitos técnicos establecidos en dichas Pautas de Diseño para la construcción de los recintos, los cuales establecían que se debían incorporar variables para lograr un desempeño energético eficiente y un adecuado comportamiento ambiental de los edificios, se lograrían temperaturas acordes con lo requerido para los recintos hospitalarios.

  5. Que por razones sanitarias y de confort, la temperatura interior adecuada para los establecimientos hospitalarios es de entre 24° y 26° Celsius, de acuerdo a lo recomendado por las normas internacionales, sin embargo, durante los años de funcionamiento de los Hospitales de Maipú y de La Florida, se ha constatado que en las temporadas de primavera y verano hay zonas de hospitalización de dichos recintos hospitalarios e importantes áreas de apoyo clínico, de administración y de público, que de acuerdo a lo establecido en las Pautas de Diseño del Contrato de Concesión no cuentan con aire acondicionado, en las cuales no se logra mantener temperaturas dentro de un estándar adecuado, tanto desde el punto de vista del confort climático como en aspectos clínico-sanitarios, registrándose temperaturas interiores que sobrepasan los 28° Celsius, e incluso en ocasiones superan los 30° Celsius, afectando a pacientes y funcionarios. Debido a la situación anteriormente descrita y sin perjuicio de las medidas de mitigación que se han implementado, mediante el oficio Ord. C4 / N° 1898, de fecha 8 de junio de 2017, la Subsecretaria de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, solicitó al Director General de Obras Públicas gestionar una modificación de contrato que permita generar una intervención definitiva que provea de un sistema de climatización adecuado a los requerimientos clínico-sanitarios en las áreas no climatizadas de ambos establecimientos hospitalarios que conforman el Contrato de Concesión.

  6. Que en tanto se resolvían los alcances de la modificación señalada en el considerando precedente, y a fin de mitigar provisoriamente los problemas de climatización antes descritos, mediante resolución DGOP (exenta) N° 4.074, de fecha 19 de octubre de 2017, se modificaron las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión, en el sentido que Sociedad Concesionaria San José - Tecnocontrol S.A. debía arrendar, operar, conservar y mantener, hasta el día 30 de abril de 2019, y posteriormente desmontar, los equipos de aire acondicionado instalados en los pisos 1, 3, 4 y 5 del Hospital de Maipú, detallados en el oficio Ord. IF-HM N° 2397/17, de fecha 24 de julio de 2017, del Inspector Fiscal, o aquellos que los reemplacen de acuerdo a lo establecido en la citada resolución. Dicha resolución ha sido sancionada mediante el decreto supremo MOP N° 145, de fecha 12 de noviembre de 2018, decreto que, además, modifica las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión, en el sentido de extender, hasta el día 30 de abril de 2020, las obligaciones dispuestas en la resolución DGOP (exenta) N° 4.074, de fecha 19 de octubre de 2017, en los mismos términos y condiciones de servicio que se establecen en dicho acto administrativo.

  7. Que en dicho contexto, mediante oficio Ord. IF-HOS N° 449/18, de fecha 14 de mayo de 2018, el Inspector Fiscal del Contrato de Concesión envió a la División de Inversiones de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, para su revisión y pronunciamiento, un estudio con una estimación de los requerimientos constructivos y económicos que conllevan la provisión de una solución definitiva a la problemática planteada.

  8. Que atendidos los antecedentes aportados por la Inspección Fiscal, a que se refiere el considerando precedente, el Jefe de la División de Inversiones de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, mediante memorándum C47 / N° 10, de fecha 17 de mayo de 2018, informó al Inspector Fiscal que, luego de revisados los antecedentes aportados, dicho Servicio considera adecuado y conveniente generar las acciones necesarias para ejecutar el proyecto de climatización que tendría lugar en los Hospitales de Maipú y La Florida, solicitando iniciar los trámites necesarios para modificar el Contrato de Concesión.

  9. Que adicionalmente la Directora (S) del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida, mediante oficio Ord. N° 526, de fecha 7 de agosto de 2019, informó al Inspector Fiscal que las medidas de mitigación vigentes a esa fecha en el Hospital de La Florida habían sido contratadas hasta el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR