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Decreto núm. 221, publicado el 18 de Febrero de 2019. NOMBRA Y DESTINA EMBAJADOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

NOMBRA Y DESTINA EMBAJADOR

Núm. 221.- Santiago, 18 de julio de 2018.

Vistos:

La Constitución Política de la República, artículo 32 N° 8; la Ley N° 21.053 sobre Presupuestos del Sector Público año 2018; el DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; el DFL N° 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos N°s. 58 y 126 de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones N°s. 1.600 de 2008, 30 de 2015 y 10 de 2017, ambas de la Contraloría General de la República, y las necesidades del Servicio.

Considerando:

  1. Que mediante decreto N° 58 de 2018, se aceptó la renuncia del señor Héctor Casanueva Ojeda, al cargo de Embajador, 1ª Categoría Exterior, a contar del 11 de marzo de 2018.

  2. Que por decreto N° 126 de 2018, se dispuso la adscripción del señor Fernando Barrera Robinson, Embajador 1ª Categoría Exterior, desde la Embajada de Chile en República Dominicana, a contar del 31 de mayo de 2018.

    Decreto:

  3. Nómbrase al señor Romilio Guillermo Gutiérrez Pino (RUN N° 8.871.172-6), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  4. Destínase al señor Romilio Guillermo Gutiérrez Pino, Embajador 1ª Categoría Exterior, para que preste servicios como Embajador de Chile en República Dominicana.

  5. La persona indicada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 de la ley N° 10.336, Orgánica de la Contraloría General de la República y contará con firma electrónica avanzada o simple para firmar el informe mensual de la rendición de cuentas, conforme a lo señalado en la resolución N° 30 de 2015 de la Contraloría General de la República.

  6. Los efectos del presente decreto rigen a contar del 1 de agosto de 2018.

  7. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada...

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