Decreto núm. 195, publicado el 17 de Febrero de 2024. APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 11 DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA ' SISTEMA NORTE - SUR' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 1016876094

Decreto núm. 195, publicado el 17 de Febrero de 2024. APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 11 DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA ' SISTEMA NORTE - SUR'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 11 DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA " SISTEMA NORTE - SUR"

Núm. 195.- Santiago, 8 de septiembre de 2023.

Vistos:

- El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos y sus modificaciones.

- El decreto supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 69º.

- La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El DFL MOP Nº 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP Nº 4.153, de fecha 14 de septiembre de 2000, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Sistema Norte - Sur".

- El oficio Ord. Nº 17.103, de fecha 25 de enero de 2022, de la Inspectora Fiscal.

- La resolución DGC (exenta) Nº 8, de fecha 27 de enero de 2022.

- El decreto supremo MOP Nº 106, de fecha 22 de junio de 2022.

- La Carta D/GIN/CA/22/AA8601-0/MOP, de fecha 26 de septiembre de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

- La Carta D/GIN/CA/22/AA8950-0/MOP, de fecha 7 de octubre de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. Nº 17971/22, de fecha 12 de octubre de 2022, de la Inspectora Fiscal.

Considerando:

  1. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la ley Nº 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP Nº 7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, la Dirección General de Obras Públicas tenía a su cargo.

  2. Que los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, debiendo compensar al concesionario con las indemnizaciones necesarias en caso de perjuicio, acordando con aquél las indemnizaciones que podrán expresarse en el plazo de la concesión, en las tarifas, en los aportes o subsidios o en otros factores del régimen económico de la concesión pactados, pudiendo utilizar uno o varios factores a la vez.

  3. Que el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas agrega en su Nº 4 que el Director General de Concesiones de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las características de las obras y servicios contratados desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  4. Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º Nº 4 de su Reglamento, el Ministerio de Obras Públicas, mediante resolución DGC (exenta) Nº 8, de fecha 27 de enero de 2022, sancionada por decreto supremo MOP Nº 106, de fecha 22 de junio de 2022, modificó, por razones de interés público y urgencia, las características de las obras y servicios del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Sistema Norte - Sur" en el sentido que la Sociedad Concesionaria deberá desarrollar el proyecto de ingeniería definitiva denominado "PID Modificación del Saneamiento de vías locales y expresas de...

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