Decreto núm. 195 EXENTO, publicado el 30 de Noviembre de 2022. DESIGNA A LOS MINISTROS QUE INDICA COMO INTEGRANTES DEL COMITÉ INTERMINISTERIAL DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES PARA EFECTOS QUE SEÑALA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 915678696

Decreto núm. 195 EXENTO, publicado el 30 de Noviembre de 2022. DESIGNA A LOS MINISTROS QUE INDICA COMO INTEGRANTES DEL COMITÉ INTERMINISTERIAL DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES PARA EFECTOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

DESIGNA A LOS MINISTROS QUE INDICA COMO INTEGRANTES DEL COMITÉ INTERMINISTERIAL DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES PARA EFECTOS QUE SEÑALA

Núm. 195 exento.- Santiago, 22 de noviembre de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 33 y 35 de la Constitución Política de la República; en el artículo 9 de la ley N° 21.080 que Modifica Diversos Cuerpos Legales con el Objeto de Modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo N° 135, de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que el Ministerio de Relaciones Exteriores es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, planificación, prospección, conducción, coordinación, ejecución, control e información de la política exterior que éste formule, proponiendo y evaluando las políticas y planes orientadas a fortalecer la presencia internacional del país, y velando por los intereses de Chile, con el propósito de elevar la calidad del desarrollo, seguridad y bienestar nacional.

  2. Que al Ministerio de Relaciones Exteriores le corresponde, entre otras materias, coordinar e integrar a los distintos ministerios y demás órganos de la Administración del Estado en todos los asuntos que inciden en la política exterior, comprendiendo entre ellos, las relaciones económicas internacionales.

  3. Que el artículo 9 de la ley N° 21.080 dispone que el Ministro de Relaciones Exteriores constituirá un comité asesor, denominado Comité Interministerial de Negociaciones Económicas Internacionales, en adelante e indistintamente "el Comité", cuya función será apoyarlo en su misión de colaborar con el Presidente de la República en la planificación, conducción, coordinación, ejecución, control e información de la política exterior relativa a las negociaciones económicas internacionales y al cumplimiento de las obligaciones derivadas de éstas. Además, el mismo artículo señala que un reglamento expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores regulará la integración y funcionamiento del Comité.

  4. Que, mediante decreto supremo N° 135, de 23 de agosto de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de septiembre de 2020, se aprobó el Reglamento del Comité Interministerial de Negociaciones Económicas Internacionales.

  5. Que el artículo 2° del referido decreto supremo N° 135, de 2019, dispone...

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