Decreto núm. 1944 EXENTO, publicado el 05 de Enero de 2024. INDIVIDUALIZA AL PERSONAL QUE SE TRASPASARÁ DESDE LAS MUNICIPALIDADES DE PUNTA ARENAS, CABO DE HORNOS, LAGUNA BLANCA, NATALES, PORVENIR, PRIMAVERA, RÍO VERDE, TIMAUKEL, SAN GREGORIO Y TORRES DEL PAINE AL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE MAGALLANES, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.040 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 974031479

Decreto núm. 1944 EXENTO, publicado el 05 de Enero de 2024. INDIVIDUALIZA AL PERSONAL QUE SE TRASPASARÁ DESDE LAS MUNICIPALIDADES DE PUNTA ARENAS, CABO DE HORNOS, LAGUNA BLANCA, NATALES, PORVENIR, PRIMAVERA, RÍO VERDE, TIMAUKEL, SAN GREGORIO Y TORRES DEL PAINE AL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE MAGALLANES, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.040

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

INDIVIDUALIZA AL PERSONAL QUE SE TRASPASARÁ DESDE LAS MUNICIPALIDADES DE PUNTA ARENAS, CABO DE HORNOS, LAGUNA BLANCA, NATALES, PORVENIR, PRIMAVERA, RÍO VERDE, TIMAUKEL, SAN GREGORIO Y TORRES DEL PAINE AL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE MAGALLANES, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 21.040

Núm. 1.944 exento.- Santiago, 29 de diciembre de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 21.040, que crea el sistema de educación pública; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; en el DFL Nº 55, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena que comprende las comunas de Punta Arenas, San Gregorio, Antártica, Cabo de Hornos, Laguna Blanca, Natales, Porvenir, Primavera, Río Verde, Timaukel y Torres del Paine y otras materias que indica; en la ley Nº 21.544, que modifica y complementa las normas que indica respecto del sistema educativo; en la ley Nº 21.640, de presupuestos del sector público correspondiente al año 2024; en el decreto supremo Nº 73, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija ámbito de competencia territorial de los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en el decreto supremo Nº 20, de 2021, del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en la resolución exenta Nº 6.500, de 2023, del Ministerio de Educación; en el oficio ordinario Nº 2.957, de 14 de noviembre de 2023, de la Dirección de Educación Pública, que remite información que indica sobre personal municipal regido por el Estatuto Docente de las comunas pertenecientes al Servicio Local de Magallanes; y en las resoluciones Nºs. 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, el Ministerio de Educación, es la Secretaría de Estado encargada de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles y le corresponden especialmente las funciones de proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural.

Que, el artículo , inciso , de la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación, precisa que es deber del Estado proveer mediante el sistema integrado por los establecimientos educacionales de su propiedad, una educación gratuita y de calidad.

Que, en dicho contexto normativo, la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, establece en su artículo cuarto transitorio el traspaso del servicio educacional que prestan las municipalidades, directamente o a través de las corporaciones municipales creadas bajo el amparo del DFL Nº 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, a los Servicios Locales de Educación Pública creados de conformidad al artículo 16 de esta ley, en la oportunidad, forma y condiciones establecidas en los artículos transitorios pertinentes.

Que, por otra parte, de conformidad con lo establecido por los artículos 16 y quinto y sexto transitorios, todos de la ley Nº 21.040, se dictó el decreto supremo Nº 73, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija ámbito de competencia territorial de los Servicios Locales de Educación Pública que indica, estableciendo en el artículo 11 el ámbito de competencia territorial del Servicio Local de Educación Pública de Magallanes.

Luego, mediante el decreto supremo Nº 20, de 2021, del Ministerio de Educación, se fijó la denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación, con indicación de las fechas en que iniciarán sus funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica, entre los cuales se encuentra el de Magallanes.

De esta manera, el referido acto administrativo dispuso que el Servicio Local de Educación Pública mencionado comprenderá las comunas de Punta Arenas, Laguna Blanca, Río Verde, San Gregorio, Cabo de Hornos, Antártica, Porvenir, Primavera, Timaukel, Natales y Torres del Paine, y, por otra parte, que aquel iniciaría sus funciones con fecha 1...

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