Decreto núm. 194, publicado el 22 de Febrero de 2017. PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: 'DESARROLLO DE UN MARCO CONCEPTUAL Y METODOLÓGICO PARA ABORDAR LA POBREZA ENERGÉTICA EN CHILE' - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 666789549

Decreto núm. 194, publicado el 22 de Febrero de 2017. PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: 'DESARROLLO DE UN MARCO CONCEPTUAL Y METODOLÓGICO PARA ABORDAR LA POBREZA ENERGÉTICA EN CHILE'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: "DESARROLLO DE UN MARCO CONCEPTUAL Y METODOLÓGICO PARA ABORDAR LA POBREZA ENERGÉTICA EN CHILE"

Núm. 194.- Santiago, 13 de diciembre de 2016.

Vistos:

Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República, la ley N° 10.336 y la ley N° 18.158.

Considerando:

Que con fechas 22 de noviembre y 7 de diciembre de 2016, se suscribió, en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo el Acuerdo sobre el Proyecto: "Desarrollo de un marco conceptual y metodológico para abordar la Pobreza Energética en Chile".

Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960,

Decreto:

Artículo primero

Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre el Proyecto: "Desarrollo de un marco conceptual y metodológico para abordar la Pobreza Energética en Chile", suscrito en Santiago, el 22 de noviembre y 7 de diciembre de 2016; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N° 18.158.

Artículo segundo

Déjase establecido que los gastos que irrogue el cumplimiento del Proyecto referido en el presente Tratado serán de cargo del Ministerio de Energía el cual dictará el acto administrativo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR