Decreto núm. 19 EXENTO, publicado el 28 de Julio de 2023. APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIÓN DE INMUEBLE UBICADO EN CALLE IRÁN N° 3.037 DE LA COMUNA DE MACUL, PARA EQUIPAMIENTO COMUNITARIO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIÓN DE INMUEBLE UBICADO EN CALLE IRÁN N° 3.037 DE LA COMUNA DE MACUL, PARA EQUIPAMIENTO COMUNITARIO
Santiago, 24 de julio de 2023.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 19 exento.
Visto:
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El artículo 51 de la ley N° 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo;
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El N° 1.9 de la parte I del artículo 1° del DS N° 153 (V. y U.), de 1983, que distribuye firma de materias que indica;
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La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República;
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La resolución exenta N° 14.464 (V. y U.), de 2017, que establece criterios para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad Serviu;
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Los Ords. N° 5.374 de 22 de diciembre de 2022 y N° 651 de 22 de febrero de 2023, ambos del Encargado de la Sección de Adquisición de Inmuebles del Serviu Metropolitano, por los que solicita al Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Seremi de Vivienda y Urbanismo Metropolitana, la elaboración del informe técnico del inmueble de calle Irán N° 3037, de la comuna de Macul;
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La Ficha de Evaluación Normativa para la Adquisición de Terrenos N° 22-2023, de 7 de marzo de 2023, del terreno ubicado en calle Irán N° 3037, comuna de Macul, Región Metropolitana, elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Seremi Metropolitana;
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El plano de expropiación del proyecto Irán 3037, de la comuna de Macul, de febrero de 2023, elaborado por el Serviu Metropolitano;
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El memorándum de fecha 20 de abril de 2023, suscrito por el Ministro de Vivienda y Urbanismo y la Ministra de Bienes Nacionales, donde se manifiesta la voluntad de suscribir entre las partes un convenio de cooperación;
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El Ord. N° 495, de 20 de marzo de 2023, del Jefe de la División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional, que solicita a la Jefa de la División Jurídica se dicte el decreto supremo que apruebe el programa de expropiación del referido inmueble; y
Considerando:
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Que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo tiene como misión garantizar el derecho a la ciudad y a la vivienda digna y adecuada, y debe elaborar los planes de equipamiento comunitario para el cumplimiento de su gestión.
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Que el artículo 1.1.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción define como equipamiento, aquellas construcciones destinadas a complementar las funciones básicas de habitar, producir y circular, cualquiera sea su clase o escala, agregando en el artículo 2.1.33, del mismo cuerpo legal, que el...
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