Decreto núm. 183, publicado el 07 de Marzo de 2023. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO COLLIPULLI - TEMUCO', Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 8 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 924174685

Decreto núm. 183, publicado el 07 de Marzo de 2023. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO COLLIPULLI - TEMUCO', Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 8

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO COLLIPULLI - TEMUCO", Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 8

Núm. 183.- Santiago, 27 de octubre de 2022.

Vistos:

- El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial el artículo 69º.

- La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El DFL MOP Nº 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP Nº 443, de fecha 20 de abril de 1998, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los Km. 574,177 y 718,335 de la Ruta 5 Sur, incluyéndose las obras correspondientes al By Pass a la ciudad de Temuco, denominada "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Collipulli - Temuco".

- La Resolución DGOP (Exenta) Nº 3758, de fecha 12 de septiembre de 2013.

- El decreto supremo MOP Nº 125, de fecha 10 de abril de 2015.

- La resolución DGOP (exenta) Nº 1372, de fecha 19 de abril de 2016.

- El decreto supremo MOP Nº 256, de fecha 5 de diciembre de 2016.

- El Oficio Ord. Nº 23883/2020, de fecha 5 de octubre de 2020, del Subsecretario del Interior.

- La resolución DGC (exenta) Nº 2228, de fecha 20 de noviembre de 2020.

- El Oficio Ord. Nº 3.397 / EXPL. CO-TE / 2021, de fecha 29 de marzo de 2021, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 0433, de fecha 7 de mayo de 2021, de la Directora General de Concesiones de Obras Públicas (S).

- El decreto supremo MOP Nº 149, de fecha 6 de agosto de 2021.

- El Oficio Ord. Nº 1128, de fecha 25 de octubre de 2021, de la Directora General de Concesiones de Obras Públicas (S).

- El Oficio Ord. Nº 10374/2022, de fecha 17 de mayo de 2022, del Subsecretario del Interior.

- El Oficio Ord. (E) Nº 0562, de fecha 7 de junio de 2022, del Director General de Concesiones de Obras Públicas (S).

- El Oficio Ord. Nº 14548, de fecha 7 de julio de 2022, del Subsecretario del Interior.

- El Memorándum Nº 282, de fecha 28 de julio de 2022, de la Jefa de la División de Participación, Medio Ambiente y Territorio (S) de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El Oficio Ord. Nº 4.163 / EXPL. CO-TE / 2022, de fecha 12 de septiembre de 2022, del Inspector Fiscal (S).

- La Carta IF 29 - 2022, de fecha 15 de septiembre de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. Nº 4.177 / EXPL. CO-TE / 2022, de fecha 20 de septiembre de 2022, del Inspector Fiscal (S).

- El Oficio Ord. (E) Nº 0109, de fecha 21 de septiembre de 2022, de la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- La Resolución DGC (exenta) Nº 0055, de fecha 21 de septiembre de 2022.

- La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de la Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la ley Nº 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP Nº 7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, la Dirección General de Obras Públicas tenía a su cargo.

  2. Que los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP", desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, debiendo compensar al concesionario con las indemnizaciones necesarias en caso de perjuicio, acordando con aquél indemnizaciones que podrán expresarse en el plazo de la concesión, en las tarifas, en los aportes o subsidios o en otros factores del régimen económico de la concesión pactados, pudiendo utilizar uno o varios factores a la vez.

  3. Que el artículo 69º Nº 4 del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas agrega que el Director General de Concesiones de Obras Públicas, con el visto bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  4. Que mediante resolución DGOP (exenta) Nº 3758, de fecha 12 de septiembre de 2013, sancionada mediante decreto supremo MOP Nº 125, de fecha 10 de abril de 2015, se modificaron, por razones de interés público y urgencia, las características de las obras y servicios del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Collipulli - Temuco", en adelante el "contrato de concesión", en el sentido que la Sociedad Concesionaria asumió la obligación de instalar, habilitar técnicamente, conservar y mantener las denominadas "Obras CCTV", consistentes en la instalación de cámaras de seguridad en 19 puntos del contrato de concesión, las que posteriormente se denominaron también, e indistintamente, "Obras CCTV Etapa 1".

    Lo anterior, como resultado de un proyecto de seguridad vial llevado en conjunto por la Subsecretaría del Interior y el MOP, con el fin de mejorar las condiciones de seguridad para los usuarios de la concesión y los habitantes de localidades cercanas a la misma, atendida la ocurrencia de numerosos delitos de público conocimiento en la Ruta 5 Sur que han afectado la seguridad pública en la zona de influencia de la obra.

  5. Que posteriormente, mediante resolución DGOP (Exenta) Nº 1372, de fecha 19 de abril de 2016, sancionada mediante decreto supremo MOP Nº 256, de fecha 5 de diciembre de 2016, se modificaron, por razones de interés público y urgencia, las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que la Sociedad Concesionaria asumió la obligación de instalar, habilitar técnicamente, ejecutar, conservar y mantener, según corresponda, las denominadas "Obras Seguridad en la Ruta", compuestas, entre otras, por las obras denominadas "Obras CCTV Etapa 2", consistentes en la instalación y habilitación técnica de cámaras de seguridad en 23 nuevos puntos del contrato de concesión, y en el mejoramiento del equipamiento técnico de los 19 puntos de instalación que formaron parte de las "Obras CCTV Etapa 1", con sus correspondientes obras civiles, instalaciones eléctricas y de fibra óptica, obras de iluminación, y equipamiento del centro de control.

    Lo anterior, atendida la necesidad manifestada por la Subsecretaría del Interior de potenciar este proyecto de seguridad vial y poder contar con mayores y mejores medidas de seguridad, que permitieran prevenir o reaccionar con premura respecto de nuevos hechos de carácter delictual e incendiario que ocurrieran en la zona, los cuales afectan gravemente la seguridad pública.

  6. Que atendidos los hechos de violencia que han seguido ocurriendo en la macrozona sur del país, y de acuerdo al mérito del trabajo de coordinación realizado en relación a dicha materia entre el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Carabineros de Chile y el Ministerio de Obras Públicas, se determinó de interés público avanzar en la implementación de una tercera etapa del proyecto de seguridad vial en comento, en el contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Collipulli - Temuco", toda vez que, de acuerdo a las evaluaciones de las cámaras de seguridad actualmente en operación, se ha estimado necesario potenciar este sistema y poder contar en el menor plazo posible con mayores y mejores medidas de seguridad, que permitan a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública prevenir o reaccionar con premura respecto de nuevos hechos de carácter delictual e incendiario que han venido ocurriendo en la zona y que han afectado gravemente la seguridad pública.

    Según consta en el Oficio Ord. Nº 0433, de fecha 7 de mayo de 2021, de la Directora General de Concesiones de Obras Públicas (S), y en el Oficio Ord. Nº 10374/2022, de fecha 17 de mayo de 2022, del Subsecretario del Interior, esta tercera etapa del proyecto de seguridad vial en el contrato de concesión consiste en: (a) la instalación de cámaras de seguridad en 31 nuevos puntos del contrato de concesión; (b) la instalación de luminarias en el punto de cámara RDA_14 actualmente en servicio, que forma parte de las "Obras CCTV Etapa 2"; (c) la instalación del equipamiento del centro de control en la Central de Comunicaciones de Carabineros (Cenco ) referida en los citados Oficios; y (d) la instalación de lectores de placa patente única en las 53 vías de peaje del contrato de concesión; todo lo anterior con sus correspondientes obras civiles, instalaciones eléctricas y de fibra óptica y obras de...

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