Decreto núm. 1816, publicado el 01 de Junio de 2021. DECLARA PROPIEDAD ABANDONADA - MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 868568274

Decreto núm. 1816, publicado el 01 de Junio de 2021. DECLARA PROPIEDAD ABANDONADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rango de LeyDecreto

DECLARA PROPIEDAD ABANDONADA

Núm. 1.816 Secc.1ª.- Las Condes, 13 de abril de 2021.

Vistos y teniendo presente:

El ingreso Insp. Nº 1311/20; el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 3.566 de fecha 11.06.2019, que otorgó un plazo de 30 días para que su propietario efectuara la limpieza e higiene, y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones el predio; la inspección efectuada por profesionales del Departamento de Inspección de la Dirección de Obras a la propiedad ubicada en Av. El Monte Nº 418, Rol de Avalúo 2456-12, perteneciente a Inmobiliaria Los Boldos, RUT 77.032.730-K, con domicilio hoy desconocido, donde se verifica el estado de abandono, la falta de higiene y limpieza de la propiedad antes mencionada; el Inf. Dom. 53 de fecha 4 de marzo de 2021, de la Dirección de Obras; el decreto alcaldicio Secc. 1ra Nº 2.175 de fecha 30.03.2020; el Art. Nº 8 de la ley 17.235; el artículo 2.5.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 45 inciso , 48 letra c) e inciso final y 49 de la ley Nº 19.880; el artículo 58 bis de la Ley de Rentas Municipales, y en uso de las facultades que me confieren los Art. 56 y 63 del DFL Nº 1 del Ministerio del Interior de fecha 9 de mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto:

  1. - Declárase "Propiedad Abandonada" la propiedad ubicada en Av. El Monte Nº 418, Rol de Avalúo 2456-12, perteneciente a Inmobiliaria Los Boldos, RUT 77.032.730-K, hoy con domicilio desconocido.

  2. - Lo anterior, por no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el decreto alcaldicio Sección 1ª Nº 3.566 de fecha 11.06.2019, que otorgó un plazo de 30 días para que su propietario efectuara la limpieza e higiene, y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones el predio.

  3. - La Municipalidad procederá por cargo y cuenta del propietario, a ejecutar la higiene y mantención general del predio y la ejecución del cierre perimetral, sin más trámite.

  4. - Notifíquese al Servicio de Impuestos Internos, para efectos...

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