Decreto núm. 180, publicado el 18 de Mayo de 2022. PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: 'FORTALECIMIENTO DE LA RED DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL EN CHILE' - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 904574386

Decreto núm. 180, publicado el 18 de Mayo de 2022. PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: 'FORTALECIMIENTO DE LA RED DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL EN CHILE'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: "FORTALECIMIENTO DE LA RED DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL EN CHILE"

Núm. 180.- Santiago, 11 de noviembre de 2019.

Vistos:

Los Artículos 32, N° 15 y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República, la ley Nº 18.158 y la ley Nº 10.336.

Considerando:

Que con fecha 23 de septiembre y 24 de octubre de 2019, se suscribió, en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Acuerdo sobre el Proyecto: "Fortalecimiento de la Red de Protección y Promoción Social en Chile".

Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.

Decreto:

Artículo primero

Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre el Proyecto: "Fortalecimiento de la Red de Protección y Promoción Social en Chile", suscrito en Santiago, el 23 de septiembre y el 24 de octubre de 2019; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley Nº 18.158.

Artículo segundo

Déjase establecido que los gastos que irrogue el cumplimiento del Proyecto referido en el presente Tratado serán de cargo del Ministerio de Desarrollo Social, el cual dictará el acto administrativo respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero...

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