Decreto núm. 18, publicado el 02 de Marzo de 2018. MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN EL SENTIDO QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 704473369

Decreto núm. 18, publicado el 02 de Marzo de 2018. MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Núm. 18.- Santiago, 21 de febrero de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32º y 35º de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.059; la ley Nº 20.309; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que contiene el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; los decretos supremos Nos 97, de 1984; 170, de 1985; 23, de 2000, y 170, de 2016, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución Nº 35, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Aprueba Formato de Bases Técnicas y Administrativas de Licitación y de Términos de Referencia para trato directo para la provisión de insumos de confección de licencias de conductor; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y en la demás normativa que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que mediante el decreto supremo Nº 170, de 2016, citado en el Visto, se modificaron los decretos supremos Nos 23, de 2000; 97, de 1984, y 170, de 1985, y se dejó sin efecto el decreto supremo Nº 189, de 2013, todos del aludido Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  2. Que el referido decreto supremo, entre otras modificaciones, incorporó un nuevo artículo 2 bis al referido decreto supremo Nº 97, de 1984, que establece que para obtener la autorización para otorgar licencias de conductor, así como para mantenerla, las municipalidades deberán sujetarse al formato de bases de licitación o de términos de referencia que establezca el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, mediante resolución.

  3. Que las indicadas bases y términos de referencia fueron aprobadas mediante resolución Nº 35, del 1 de septiembre de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que, a la fecha del presente acto administrativo, se encuentra en trámite de toma de razón ante la Contraloría General de la República.

  4. Que, atendido lo anterior, resulta necesario modificar la fecha de entrada en vigencia de la obligación antes señalada.

Decreto:

Artículo único

Modifícase el artículo quinto del decreto supremo Nº 170, de 2016, en el sentido de reemplazar la expresión...

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