Decreto núm. 1773, publicado el 07 de Diciembre de 2021. APRUEBA PLAN DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO - MUNICIPALIDAD DE PICHIDEGUA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 878825783

Decreto núm. 1773, publicado el 07 de Diciembre de 2021. APRUEBA PLAN DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PICHIDEGUA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO

Pichidegua, 16 de noviembre de 2021.- Alcaldía ha decretado hoy lo que sigue:

Núm. 1.773.

Vistos:

La ley 20.958 publicada en el Diario Oficial el 15.10.2016, que establece un sistema de aportes al espacio público y, en uso de las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones, lo dispuesto en la ley 19.880, sobre procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.

Considerando:

Que, la ley 20.958 modificó el decreto con fuerza de ley Nº 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1975, la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Que, en virtud del artículo 175 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), los proyectos que conlleven crecimiento urbano por densificación deberán dar cumplimiento a los dispuesto en el artículo 70 de la misma ley, directamente, o a través de un aporte equivalente al avalúo fiscal del porcentaje de terreno a ceder a la municipalidad respectiva.

Que, el artículo 176 de la LGUC establece que cada municipio elaborará un plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público, que contendrá una cartera de proyectos, obra y medidas incluidas en los instrumentos de la planificación territorial existentes o asociadas a estos debidamente priorizadas, para mejorar sus condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad, así como la calidad de sus espacios públicos y la cohesión social y sustentabilidad urbanas.

Que, el plan deberá someterse a la aprobación del Concejo Municipal respectivo. Una vez aprobado, será promulgado por el alcalde, quien remitirá copia al Gobierno Regional.

Que, mediante reunión de fecha 14 de julio de 2021, se conformó una Mesa Técnica Municipal (MTM) integrada por funcionarios municipales de las áreas de Secretaría de Planificación Comuna, Obras y Tránsito, cuya función es la supervisión y validación de las etapas del Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público. Como coordinador se designó a la Asesora Urbanista Liliana López Miranda.

Que, en reunión de la Comisión de Infraestructura junto con la coordinadora del PIIMEP, expusieron los alcances de la aplicación de la Ley de Aportes al Espacio Público.

Que, se informa al alcalde la necesidad que el Departamento de...

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