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Decreto núm. 1764, publicado el 13 de Marzo de 2020. AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO

Núm. 1.764.- Santiago, 2 de diciembre de 2019.

Vistos:

El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44, 45 y 46 del DL Nº 1.263, de 1975; el artículo 11 de la ley Nº 18.196; el artículo 18 de la ley Nº 21.125; el artículo 3º de la ley Nº 19.880; el decreto del Ministerio de Hacienda Nº 459, de 2018; y el Convenio de Programación Nº 4, de 2003, y sus modificaciones, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado,

Decreto:

  1. Autorícese a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para emitir bonos en el mercado nacional hasta por un total de UF 3.870.000 (tres millones ochocientas setenta mil Unidades de Fomento) o su equivalente en pesos, moneda de curso legal en Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 21.125.

  2. La emisión autorizada estará sujeta a las características y condiciones financieras que se señalan a continuación:

    1. Emisor : Empresa de los Ferrocarriles del Estado.

    2. Tipo de Bonos : Bonos a ser emitidos en Chile, con cargo a

      líneas inscritas en el Registro de

      Valores en la Comisión del Mercado Financiero.

    3. Monto de la Emisión : Hasta UF 3.870.000 (tres millones ochocientas

      setenta mil Unidades de Fomento) o su equivalente

      en pesos, moneda de curso legal en Chile.

    4. Moneda : Unidades de Fomento y/o pesos.

    5. Plazo : No inferior a 10 años y no superior a 35 años, contados desde

      el momento de su colocación.

    6. Amortización de Capital: Hacia el final del instrumento (bullet).

    7. Rescate Anticipado : Sin rescate anticipado.

    8. Tasa de Interés : Los bonos devengarán un interés anual sobre el valor

      nominal a la par, expresado en Unidades de Fomento

      o en pesos, pagadero semestral o anualmente,

      según determine la Empresa emisora, por semestres

      vencidos o anticipados, a una tasa de emisión

      que no podrá exceder en caso alguno de UF + 1,50%

      anual o 4,50% nominal anual.

    9. Plazo de colocación : Hasta el 30 de junio de 2020.

    10. Garantizador : República de Chile.

    11. Objetivo : La Empresa de los Ferrocarriles del Estado destinará

      el 100% de los recursos provenientes de la colocación

      de los bonos al financiamiento de los proyectos de inversión

      contemplados en su Plan Trienal 2017 - 2019.

  3. La Empresa de los Ferrocarriles del Estado deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones legales...

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