Decreto núm. 1764, publicado el 13 de Marzo de 2020. AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO
Núm. 1.764.- Santiago, 2 de diciembre de 2019.
Vistos:
El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44, 45 y 46 del DL Nº 1.263, de 1975; el artículo 11 de la ley Nº 18.196; el artículo 18 de la ley Nº 21.125; el artículo 3º de la ley Nº 19.880; el decreto del Ministerio de Hacienda Nº 459, de 2018; y el Convenio de Programación Nº 4, de 2003, y sus modificaciones, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado,
Decreto:
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Autorícese a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para emitir bonos en el mercado nacional hasta por un total de UF 3.870.000 (tres millones ochocientas setenta mil Unidades de Fomento) o su equivalente en pesos, moneda de curso legal en Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 21.125.
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La emisión autorizada estará sujeta a las características y condiciones financieras que se señalan a continuación:
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Emisor : Empresa de los Ferrocarriles del Estado.
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Tipo de Bonos : Bonos a ser emitidos en Chile, con cargo a
líneas inscritas en el Registro de
Valores en la Comisión del Mercado Financiero.
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Monto de la Emisión : Hasta UF 3.870.000 (tres millones ochocientas
setenta mil Unidades de Fomento) o su equivalente
en pesos, moneda de curso legal en Chile.
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Moneda : Unidades de Fomento y/o pesos.
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Plazo : No inferior a 10 años y no superior a 35 años, contados desde
el momento de su colocación.
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Amortización de Capital: Hacia el final del instrumento (bullet).
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Rescate Anticipado : Sin rescate anticipado.
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Tasa de Interés : Los bonos devengarán un interés anual sobre el valor
nominal a la par, expresado en Unidades de Fomento
o en pesos, pagadero semestral o anualmente,
según determine la Empresa emisora, por semestres
vencidos o anticipados, a una tasa de emisión
que no podrá exceder en caso alguno de UF + 1,50%
anual o 4,50% nominal anual.
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Plazo de colocación : Hasta el 30 de junio de 2020.
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Garantizador : República de Chile.
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Objetivo : La Empresa de los Ferrocarriles del Estado destinará
el 100% de los recursos provenientes de la colocación
de los bonos al financiamiento de los proyectos de inversión
contemplados en su Plan Trienal 2017 - 2019.
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La Empresa de los Ferrocarriles del Estado deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones legales...
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