Decreto núm. 176, publicado el 06 de Marzo de 2023. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA, DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'AEROPUERTO EL TEPUAL DE PUERTO MONTT' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 924152207

Decreto núm. 176, publicado el 06 de Marzo de 2023. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA, DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'AEROPUERTO EL TEPUAL DE PUERTO MONTT'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA, DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "AEROPUERTO EL TEPUAL DE PUERTO MONTT"

Núm. 176.- Santiago, 17 de octubre de 2022.

Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones.

- El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 69º.

- La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El DFL MOP Nº 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP Nº 26, de fecha 1 de marzo de 2018, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt".

- Las resoluciones de Calificación Ambiental Nº 897 (exenta), de fecha 20 de noviembre de 2007 y Nº 533 (exenta), de fecha 8 de septiembre de 2014.

- Las resoluciones (exentas) DGC Nº 1.764, de 11 de septiembre de 2020, Nº 897, de 12 de abril de 2021, Nº 26, de 20 de mayo de 2021, Nº 2.154, de 15 de septiembre de 2021, Nº 288, de 4 de febrero de 2022, Nº 1.498, de 23 de mayo de 2022 y Nº 2.633, de 18 de agosto de 2022, todas de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP Nº 130, de fecha 8 de julio de 2021.

- La consulta de pertinencia, ingresada al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, con fecha 23 de mayo de 2022.

- La resolución exenta Nº 202210101282, de fecha 13 de julio de 2022, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos.

- La Carta GG-SCAS-3887-22, de fecha 2 de septiembre de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. Nº 0048, de fecha 15 de septiembre de 2022, del Jefe de la División de Construcción de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El oficio OF. (O) Nº 14/1/10211, de fecha 21 de septiembre de 2022, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El oficio Ord. IF PM Nº 5371/2022, de fecha 28 de septiembre de 2022, del Inspector Fiscal.

- La Carta Nº GG-SCAS-3936-22, de fecha 28 de septiembre de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. IF PM Nº 5372/2022, de fecha 28 de septiembre de 2022, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. Nº 0054, de fecha 28 de septiembre de 2022, del Jefe de la División de Construcción (S) de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- La resolución DGC Nº 57 (exenta), de fecha 29 de septiembre de 2022.

- La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de la Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la ley Nº 21.044, de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP Nº 7, de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850, de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, la Dirección General de Obras Públicas tenía a su cargo.

  2. Que el artículo 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas podrá modificar las características de las obras y servicios contratados, a objeto de incrementar los niveles de servicio y estándares técnicos establecidos en las Bases de Licitación, o por otras razones de interés público debidamente fundadas.

  3. Que el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, agregando en su Nº 4 que el Director General de Concesiones de Obras Públicas, con el visto bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  4. Que en el Nº 5 del artículo 2.5 de las Bases de Licitación se establece la obligación de la Sociedad Concesionaria de construir una nueva Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS 2), y de demoler la planta preexistente (PTAS 1).

  5. Que conforme lo establecido en el artículo 1.8.11.1 de las Bases de Licitación, el contrato de concesión fue licitado con dos resoluciones de calificación ambiental que fueron puestas a disposición de los licitantes, siendo ellas: la resolución de Calificación Ambiental Nº 897 (exenta), de fecha 20 de noviembre de 2007; y la resolución de Calificación Ambiental Nº 533 (exenta), de fecha 8 de septiembre de 2014. Esta última considera la nueva PTAS 2 con un caudal medio diario de 415 m3/día y considera el almacenamiento de las aguas tratadas en un estanque de 450 m3, para ser retiradas posteriormente con camiones de tipo cisterna, para su disposición final en un lugar autorizado o en una planta de tratamiento de aguas servidas autorizada y en operación.

  6. Que mediante consulta de pertinencia, ingresada con fecha 23 de mayo de 2022, la Sociedad Concesionaria...

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