Decreto núm. 175 EXENTO, publicado el 26 de Enero de 2022. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'FONDAZIONE CENTRO STUDI ENEL', PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "FONDAZIONE CENTRO STUDI ENEL", PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 19 de enero de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 175 exento.
Vistos:
Estos antecedentes, y lo dispuesto en la ley N° 19.880, establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de su ley orgánica; en el decreto N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que contiene su reglamento orgánico; en el artículo 34 del decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, aprueba reglamento sobre concesión de personalidad jurídica a corporaciones y fundaciones que indica; en el decreto N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y lo consignado en el Informe N° 559, de 3 de septiembre de 2021, del Consejo de Defensa del Estado; y,
Considerando:
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- Que, con fecha 19 de abril de 2021, se recibió en esta Secretaría de Estado la presentación de don Pedro Urzúa Frei, en representación de la entidad extranjera denominada "Fondazione Centro Studi Enel", solicitando se autorice formalmente a dicha organización para que desarrolle actividades en el país.
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- Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, aprueba reglamento sobre concesión de personalidad jurídica a corporaciones y fundaciones que indica, en concordancia con el artículo 1°, párrafo I.3.2, del decreto N° 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República", corresponde al titular de esta cartera ministerial suscribir el presente acto administrativo, bajo la fórmula antes señalada.
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- Que, analizados los antecedentes acompañados por la entidad solicitante, se ha podido determinar que cumple con todos los requisitos prescritos en el decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, de tal manera que resulta procedente conceder la autorización requerida.
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- Que, además, el Consejo de Defensa del Estado, en su Informe N° 559, de 3 de septiembre de 2021, señaló, en lo...
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