Decreto núm. 17, publicado el 05 de Junio de 2023. MODIFICA DECRETO N°28, DE 2011, QUE ESTABLECE COMPONENTES, LÍNEAS DE ACCIÓN, PROCEDIMIENTOS, MODALIDADES Y MECANISMOS DE CONTROL DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN EL PUESTO DE TRABAJO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO N°28, DE 2011, QUE ESTABLECE COMPONENTES, LÍNEAS DE ACCIÓN, PROCEDIMIENTOS, MODALIDADES Y MECANISMOS DE CONTROL DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN EL PUESTO DE TRABAJO
Núm. 17.- Santiago, 17 de abril de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; las glosas 01 y 02 asociada a la Partida 15, capítulo 05, programa 04, de la Ley N° 21.516, de Presupuestos del Sector Público para el año 2023; decreto N° 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; decreto N° 13, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, como es de público conocimiento, a partir de la segunda quincena de diciembre de 2019 y hasta la fecha se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2) que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o COVID-19.
Que, con fecha 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud, en adelante OMS, declaró que el brote de COVID-19 constituye una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Sanitario Internacional, aprobado en nuestro país por el decreto supremo N° 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Que, el 15 de marzo de 2023, se dictó el decreto N° 10, del Ministerio de Salud, mediante el cual prorroga la vigencia del decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decretó Alerta Sanitaria en todo el territorio de la República por el periodo que señala y otorgó las facultades extraordinarias por emergencia de salud pública de Importancia Internacional, por brote del nuevo coronavirus. Al efecto, el Decreto N° 10, antes citado, además, refiere a la interacción del COVID-19 con otros virus respiratorios de circulación simultánea al SARS-CoV-2.
Que, el decreto N° 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y sus modificaciones, establece componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del Programa de Formación en el Puesto de Trabajo, el que tiene por objeto generar acciones para facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas, o la...
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