Decreto núm. 148, publicado el 28 de Diciembre de 2022. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'AEROPUERTO EL LOA DE CALAMA' Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 1 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 916973757

Decreto núm. 148, publicado el 28 de Diciembre de 2022. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'AEROPUERTO EL LOA DE CALAMA' Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 1

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "AEROPUERTO EL LOA DE CALAMA" Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 1

Núm. 148.- Santiago, 8 de septiembre de 2022.

Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos y sus modificaciones.

- El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 19º y sus modificaciones.

- El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 69º y sus modificaciones.

- La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El DFL MOP Nº 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP Nº 20, de fecha 21 de enero de 2011, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Aeropuerto El Loa de Calama".

- El decreto supremo MOP Nº 2, de fecha 21 de enero de 2019.

- El Memorándum Nº 131, de fecha 26 de julio de 2021, del Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- La resolución DGC Nº 0065, de fecha 28 de julio de 2021.

- El oficio Of. (O) DGC Nº 0952, de fecha 10 de septiembre de 2021, de la Directora General de Concesiones de Obras Públicas.

- El oficio Of. (O) Nº 14/1/7181, de fecha 14 de septiembre de 2021, del Director General de Aeronáutica Civil.

- La resolución DGC Nº 122, de fecha 14 de diciembre de 2021.

- El oficio Ord. IFE. CJC Nº 308/2021, de fecha 28 de diciembre de 2021, del Inspector Fiscal.

- La carta GERCACSA Nº 441/2021, de fecha 30 de diciembre de 2021, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. IFE. CJC Nº 312/2021, de fecha 31 de diciembre de 2021, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. (E) Nº 001, de fecha 4 de enero de 2022, de la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- La resolución DGC (exenta) Nº 3, de fecha 4 de enero de 2022.

- El oficio Ord. IFE. CJC Nº 043/2022, de fecha 24 de febrero de 2022, del Inspector Fiscal (S).

- La carta CACSA Nº 067/2022, de fecha 7 de marzo de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. IFE. CJC. Nº 065/2022, de fecha 17 de marzo de 2022, del Inspector Fiscal.

- El memorándum Nº 083, de fecha 15 de junio de 2022, de la Jefa de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos (S) de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El oficio Ord. Nº 700, de fecha 22 de julio de 2022, del Director General de Concesiones de Obras Públicas (S).

- El oficio Of. (O) Nº 14/1/8164, de fecha 29 de julio de 2022, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El oficio Ord. IFE. CJC. Nº 247/2022, de fecha 2 de agosto de 2022, del Inspector Fiscal.

- La carta GERCACSA Nº 513/2022, de fecha 2 de agosto de 2022, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. IFE. CJC Nº 248/2022, de fecha 2 de agosto de 2022, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. (E) Nº 89, de fecha 3 de agosto de 2022, de la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- La resolución DGC (exenta) Nº 41, de fecha 3 de agosto de 2022.

- La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre la exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP", desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

  2. Que el artículo 69º Nº 4 del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  3. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la ley Nº 21.044, de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP Nº 7, de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850, de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, tenía la Dirección General de Obras Públicas a su cargo.

  4. Que, según lo establecido en el artículo 1.7.6 de las Bases de Licitación, la concesión se extinguiría al mes "m" en que se cumpliera la relación VPIm ≥

  5. Que, mediante decreto supremo MOP Nº 2, de fecha 21 de enero de 2019, el MOP modificó las características de las obras y servicios del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Aeropuerto El Loa de Calama" en el sentido que, en lo principal, se prorrogó el plazo de la concesión hasta el 31 de marzo de 2022.

  6. Que, conforme a lo establecido en el artículo 25º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, el MOP se encuentra desarrollando un proceso de licitación de la obra pública fiscal, con el objeto de entregar nuevamente en concesión las obras correspondientes al Aeropuerto El Loa de Calama, cuyas Bases de Licitación se aprobaron mediante resolución DGC Nº 65, de fecha 28 de julio de 2021.

  7. Que, mediante memorándum Nº 131, de fecha 26 de julio de 2021, el Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas informó a la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas que las fechas para el acto de Recepción de Ofertas y para el acto de Apertura de Ofertas Económicas del Aeropuerto El Loa de Calama se encontraban programadas para los días 30 de diciembre de 2021 y 27 de enero de 2022, respectivamente, solicitando que pudieran tomarse las medidas necesarias para que no exista solución de continuidad entre el contrato vigente y la entrada en vigencia de la nueva concesión que se encuentra actualmente en etapa de licitación. Posteriormente, mediante resolución DGC Nº 122, de fecha 14 de diciembre de 2021, se aprobó la Circular Aclaratoria Nº 2, mediante la cual se modificaron las fechas para el acto de Recepción de Ofertas y para el acto de Apertura de Ofertas Económicas del Aeropuerto El Loa de Calama, programándolas para los días 3 de marzo de 2022 y 1 de abril de 2022, respectivamente.

  8. Que, en virtud de lo señalado precedentemente, y considerando que a partir de la apertura de las ofertas económicas se debía tramitar el respectivo decreto supremo de adjudicación, el MOP estimó de interés público y urgencia establecer un procedimiento que permitiera asegurar la continuidad entre ambas concesiones, de modo de no afectar la operación del Aeropuerto El Loa de Calama. En consecuencia, mediante resolución DGC (exenta) Nº 3, de fecha 4 de enero de 2022, se modificaron las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido de prorrogar el plazo de la concesión hasta el 30 de septiembre de 2022. Lo anterior, atendida la necesidad de asegurar la continuidad entre la concesión actual y la próxima adjudicataria de la licitación de la obra pública fiscal, de modo de no afectar la operación del Aeropuerto El Loa de Calama. Las razones de urgencia se fundaron en que el plazo de la concesión expiraba el día 31 de marzo de 2022, conforme lo dispuesto mediante decreto supremo MOP Nº 2, de 2019, por lo que la tramitación de un decreto supremo sobre la materia implicaba tiempos superiores a los requeridos.

  9. Que, posteriormente, mediante memorándum Nº 083, de fecha 15 de junio de 2022, la Jefa de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos (S) de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas informó a la Jefa de la División de Operaciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas que algunos de los efectos de la pandemia del COVID-19, además de la dramática caída del flujo de pasajeros en los distintos aeropuertos del país, han impactado en el área de la construcción, incrementando el costo de maquinaria, equipos, materiales y de mano de obra, entre otros. En ese contexto, adjuntó al citado Memorándum una Minuta que informa sobre la situación del proceso de licitación del Aeropuerto El Loa de Calama actualmente en curso. En la citada minuta se señala, entre otras materias, que las últimas fechas para los actos de Recepción de Ofertas y Apertura de Ofertas Económicas de la licitación del Aeropuerto El Loa de Calama estaban programados para los días 19 de mayo de 2022 y 16 de junio de 2022, respectivamente, encontrándose en trámite a esa fecha una nueva modificación que reprogramaba dichos actos para el 2 de agosto de 2022 y 30 de agosto de 2022, respectivamente. En virtud de lo anterior, en la citada minuta se concluye que, considerando la programación ideal para llevar a cabo el proceso de licitación del contrato de concesión, la fecha de término del...

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