Decreto núm. 137, publicado el 03 de Octubre de 2018. MODIFICA DECRETO N° 26, DE 2000, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES, EN EL SENTIDO DE DISPONER LA OBLIGATORIEDAD DE CONTAR CON SISTEMA ANTIBLOQUEO DE FRENOS (ABS) Y PROGRAMA ELECTRÓNICO DE ESTABILIDAD (ESP) EN VEHÍCULOS LIVIANOS - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 741282445

Decreto núm. 137, publicado el 03 de Octubre de 2018. MODIFICA DECRETO N° 26, DE 2000, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES, EN EL SENTIDO DE DISPONER LA OBLIGATORIEDAD DE CONTAR CON SISTEMA ANTIBLOQUEO DE FRENOS (ABS) Y PROGRAMA ELECTRÓNICO DE ESTABILIDAD (ESP) EN VEHÍCULOS LIVIANOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO N° 26, DE 2000, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES, EN EL SENTIDO DE DISPONER LA OBLIGATORIEDAD DE CONTAR CON SISTEMA ANTIBLOQUEO DE FRENOS (ABS) Y PROGRAMA ELECTRÓNICO DE ESTABILIDAD (ESP) EN VEHÍCULOS LIVIANOS

Núm. 137.- Santiago, 11 de diciembre de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en el número 6 del artículo 32° de la Constitución Política de la República; en los artículos 61° y siguientes del DFL N° 1, de 2007, de Transportes y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.290, de Tránsito; en el artículo 7° de la ley N° 19.633; en el decreto supremo N° 211, de 1991, que establece normas de emisión para vehículos livianos; el decreto supremo N° 54, de 1997, que dispone normas de homologación de vehículos; en el decreto supremo N° 26, de 2000, que establece elementos de seguridad aplicables a vehículos motorizados, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; en la resolución N° 48, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República y demás normativa que resulte aplicable, y

Considerando:

  1. Que, uno de los pilares del plan mundial para el decenio de acción de la seguridad vial de las Naciones Unidas es tener vehículos más seguros.

  2. Que, la seguridad vial es uno de los ejes programáticos de la Subsecretaría de Transportes.

  3. Que, el avance tecnológico en la industria automotriz se ha traducido en un progresivo aumento de las condiciones y equipamiento de seguridad a nivel mundial.

  4. Que, el sistema antibloqueo de frenos (ABS) y el programa electrónico de estabilidad (ESP) mejoran el control y estabilidad de los vehículos, aumentando la seguridad de los mismos.

Decreto:

Artículo 1°

Modifícase el decreto supremo N° 26, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, como sigue:

  1. - En el inciso primero del artículo 3°, intercálase entre los números "5)," y "10)," el siguiente número "9),"; sustitúyase la conjunción "y" que sigue al número 14) por una coma "," y agrégase a continuación del número "15)", en la primera vez que aparece citado, la expresión "y 16)".

  2. - En el inciso primero del artículo 8°, reemplázase la correlación numérica "8), 9), 11), 12) y 16)", por la siguiente: "8), 11) y 12)".

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